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Los asesores fiscales desmienten a Montero: “Sí se puede bajar el IVA de las mascarillas”

Aseguran que la normativa europea sí avala fijar un precio más reducido para que sean más accesibles a todos los ciudadanos

Los ministros de Hacienda, María Jesús Montero, y de Interior, Fernando Grande-Marlaska, durante el debate de la moción de censura presentada por Vox contra el Gobierno de coalición, este miércoles en el Congreso de los Diputados.
Los ministros de Hacienda, María Jesús Montero, y de Interior, Fernando Grande-Marlaska, durante el debate de la moción de censura presentada por Vox contra el Gobierno de coalición, este miércoles en el Congreso de los Diputados.MariscalEFE

La Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) ha desmentido la postura del Gobierno sobre el IVA de las mascarillas. Según argumenta que bajar este impuesto es compatible con la normativa europea sobre el Impuesto sobre el Valor Añadido. En un comunicado, Aedaf hace referencia a las recientes declaraciones de la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, que mencionó “un reglamento europeo” para defender la imposibilidad de bajar el tipo del IVA aplicable a la venta de mascarillas. Según los asesores fiscales, en realidad la ministra quiso referirse a la Directiva 2006/112 del Impuesto sobre el Valor Añadido, que regula las disposiciones que rigen el funcionamiento de este tributo en el ámbito comunitario. “Dicha directiva incluye, en su anexo III, una serie de bienes y servicios a los que los Estados miembros podrán aplicar los tipos reducidos del IVA vigentes en sus territorios como, por ejemplo, los productos farmacéuticos utilizados normalmente para el cuidado de la salud y la prevención de enfermedades, así como los equipos médicos, los aparatos y demás instrumental utilizado normalmente para aliviar o tratar determinadas deficiencias físicas. En el caso de España, dichos tipos podrían ser tanto el 10% como el 4%”. Aedaf también recuerda una sentencia del tribunal de Justicia de la UE. Lo que señaló el tribunal es que debe siempre seguirse una interpretación estricta en cuanto al uso de dicho material, pudiendo aplicar el tipo reducido únicamente cuando dicho uso sea exclusivamente para diagnosticar, tratar, aliviar o prevenir enfermedades. Los asesores apuntan que “teniendo en cuenta las circunstancias en las que nos encontramos, podríamos afirmar que, a priori, el objetivo del uso de la mascarilla es la prevención de enfermedades y, en consecuencia, la entrega de las mismas podría beneficiarse de la aplicación de los tipos reducidos del IVA vigentes en España (10% e incluso 4%”. Adefaf insiste en que existe margen de actuación para reducir los tipos de IVA aplicables a las entregas de mascarillas del tipo general del 21%, a uno reducido del 10% o del 4%.