Salvoconducto
¿Qué es un salvoconducto? ¿Para qué sirve?
Durante el estado de alarma está prohibido circular por la vía pública con sanciones entre los 600 y los 30.000 euros
Durante el estado de alarma decretado por el Gobierno está prohibido circular por la vía pública con sanciones administrativas que oscilarán entre los 600 y los 30.000 euros, según el Real Decreto publicado por el Gobierno, para aquellos que no lo cumplan.
Muchas personas necesitan salir para ir a trabajar, Policía y Guardia Civil aconsejan llevar un salvoconducto o certificado emitido por la empresa para facilitar la circulación y evitar las sanciones.
¿Qué es un salvoconducto?
Un salvoconducto es, según la Real Academia de la Lengua, un documento expedido por una autoridad para que quien lo lleva pueda transitar sin riesgo por donde aquella es reconocida.
Estos permisos esperciales se utilizan, sobre todo, en caso de pérdida, sustracción o deterioro del pasaporte en un país extranjero. El salvoconducto es el documento que permitiría regresar a España con mayor rapidez.
En el derecho español, el salvoconducto y su finalidad está determinado en el artículo 7 y siguientes del Real Decreto 116/2013, de 15 de febrero, y dice lo siguiente: “El salvoconducto es un documento público, personal, individual e intransferible, expedido por las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares españolas en los supuestos recogidos en el artículo siguiente, con el único fin de permitir a su titular desplazarse a España desde el lugar de expedición”.
En el artícuo 9, sobre la validez del salvoconducto, “el salvoconducto tendrá una vigencia limitada al tiempo estrictamente necesario para el regreso a España de su titular, sin que pueda tener una validez temporal superior a la fecha prevista para la entrada efectiva de su titular en territorio español".
Adaptando esta normativa al estado de alerta que se vive en España por el coronavirus y siguiendo el ejemplo de Italia, el salvoconducto se podría dar a aquellas personas que necesitasen por motivos de fuerza mayor salir de casa una vez dada la orden de permanecer recluídos por Ley.
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