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Coronavirus

Estas son las cinco excepciones que permiten viajar entre provincias durante el estado de alarma

El BOE contempla cinco situaciones justificadas en las que las autoridades no pueden imponer sanción si en un control te paran entrando a otra provincia

Una de las preguntas que más se formulan los españoles conforme sigue avanzando la desescalada es cuándo podremos viajar a otras provincias: ya sea para ver a familiares o amigos, para acudir a una segunda residencia o, simplemente, para disfrutar de una escapada.

Y es que ya son más de dos meses los que el estado de alarma lleva limitando la libertad de movilidad en España y muchos ciudadanos buscan recuperarla lo antes posible. Todavía habrá que esperar. Según el Boletín Oficial del Estado (BOE), solo los territorios que superen todas las fases quedarán exentos de las restricciones y, por tanto, sus habitantes podrán desplazarse por todo el país.

Sin embargo, hay letra pequeña recogida en el capítulo dos del BOE del 9 de mayo, donde quedan contemplados una serie de supuestos de flexibilización de medidas de carácter social. Este apartado señala ciertos casos en los que el Gobierno sí autoriza la libertad de circulación.

«En relación a lo establecido en la presente orden, se podrá circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia a efectos del proceso de desescalada, sin perjuicio de las excepciones que justifiquen el desplazamiento a otra parte del territorio nacional por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza».

Líneas más abajo, encontramos otro matiz: «En el caso de las unidades territoriales previstas en el apartado quince del anexo, se permite la movilidad interterritorial entre municipios colindantes de tránsito habitual para la realización de actividades socioeconómicas».

Por tanto, estas son las cinco excepciones en las que sí está permitada dicha movilidad entre provincias a día de hoy. Se trata pues de cinco situaciones justificadas en las que las autoridades no pueden imponer sanción si en un control te paran entrando a otra provincia. Son las siguientes:

1. Viajes por motivos sanitarios.
2. Viajes por motivos laborales, profesionales o empresariales.
3. Viajes de retorno al lugar de residencia familiar.
4. Viajes para asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad.
5. Viajes por causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza.