Confinamiento

Qué no se podrá hacer en Madrid y el resto de municipios que serán confinados

Quedará restringida la circulación entre localidades y no se podrá salir del término municipal salvo para ir a trabajar, al colegio o al médico, entre otras cosas

Los establecimientos de hostelería no podrán abrir más allá de las 23.00 horas
Los establecimientos de hostelería no podrán abrir más allá de las 23.00 horasJesus G. FeriaLa Razon

Si finalmente se adoptan las medidas que ha impuesto el Ministerio de Sanidad, los ciudadanos de las zonas afectadas verán afectada su vida cotidiana. Esto es lo que no se podrá hacer:

  • No podrá haber contacto social entre personas que residan en municipios diferentes excepto:
    • asistencia a centros sanitarios
    • cumplimientos de obligaciones laborales
    • asistencia a centros educativos
    • retorno al lugar de residencia habitual
    • asistencia al cuidado de mayores y personas dependientes
    • desplazamiento a entidades financieras que no puedan aplazarse
    • actuaciones requeridas por órganos judiciales o notariales
    • renovación de permisos y documentación oficial
    • realización de exámenes y pruebas
    • por causa de fuerza mayor o justificada
  • Se recomienda evitar todo movimiento o desplazamiento innecesario dentro de los municipios afectados
  • Se reducen los grupos a seis personas a excepción de los convivientes o actividades laborales e institucionales.
  • Se suspende la actividad de parques infantiles para procurar evitar la interacción en grupos mayores de 6 personas y evitar aglomeraciones
  • El número máximo de asistentes a los velatorios se fija en 15 en espacios abiertos y 10 en cerrados
  • El aforo para los establecimientos comerciales se fija en un 50% y la hora de cierre no podrá superar las 22.00 horas
  • Hostelería: la hora de cierre se propone a las 23.00 horas. El aforo se reduce al 50% en interiores y al 60% en exteriores. No se permite el consumo en barra y la ocupación máxima será de 6 personas por mesa.
  • En los lugares de culto, el aforo se reduce a un tercio del total y la distancia interpersonal mínima de 1,5 metros.
  • En las instalaciones deportivas, el aforo será del 50% en interiores y del 60% en exteriores.
  • Se reduce al 50% el aforo en academias y centros privados de enseñanza no regladas, así como en autoescuelas.