Confinamiento

¿Se puede hacer deporte y salir a correr durante el confinamiento de Madrid?

La orden publicada en el BOE restringe las actividades deportivas en grupos máximos de seis personas y dentro

Adultos salen a pasear en Álava (País Vasco)
La carrera solidaria arranca el domingo a las 9 de la mañana en GetafeIñaki BerasaluceEuropa Press

El Ministerio de Sanidad ha publicado en el BOE la orden en la que se aplican las medidas “de obligado cumplimiento” para controlar la expansión del coronavirus en las ciudad de más de 100.000 habitantes por lo que surgen algunas dudas como por ejemplo, si se puede salir a hacer deporte o si podemos cuidar de personas dependientes.

Estas restricciones se aplicarán en los lugares que cumplan los tres siguientes criterios: una incidencia de 500 casos o más por coronavirus por 100.000 habitantes en 14 días, un porcentaje de positividad en los resultados de coronavirus realizadas en las dos semanas previas es superior al 10% y una ocupación de camas UCI del 35% o superior por pacientes con covid.

Estos criterios se dan en Madrid y en otras nueve ciudades de la comunidad y, a pesar de los diferentes encontronazos entre el Gobierno de la Comunidad de Madrid y el Gobierno Central, la presidente madrileña, Isabel Díaz Ayuso, ha asegurado que cumplirá la ley.

Ahora queda la duda de cuándo comenzará el confinamiento en Madrid y se aplicarán estas medidas. No obstante, la orden ministerial no especifica una fecha y hora concreta para la aplicación de las medidas pero, como ya existen varios municipios que superan la incidencia marcada por el Ministerio, la comunidad autónoma dispone de un plazo máximo de 48 horas desde el momento de la notificación para poder adoptar las disposiciones para aplicar las restricciones.

Por lo tanto, Madrid tiene hasta este sábado a las 00:00 horas para aplicar las medidas correspondientes

¿Se puede hacer deporte en la calle? ¿Puedo salir a correr?

La publicación del BOE afirma que la práctica deportiva en grupos "se reducirá a un máximo de seis personas”, siempre y cuando se haga dentro de los límites de las zonas en las que se han impuesto restricciones, ya que se permite “la circulación de personas residentes dentro de los municipios” pero para salir de ellos hay que tener unos motivos justificados y la práctica de actividades deportivas al aire libre no están contempladas en estos supuestos. Por lo tanto se puede hacer deporte en la calle pero en grupos de no más de seis personas y dentro de nuestro municipio de residencia.

Además la publicación del BOE asegura que el aforo máximo será del 50% en instalaciones deportivas interiores y del 60% en espacios exteriores. Y en “competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional y las competiciones internacionales que estén bajo la tutela organizativa de las Federaciones deportivas españolas”, asegura la orden ministerial, se aplicará el “Protocolo de actuación para la vuelta de competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional en la temporada 2020/2021, elaborado por el Consejo Superior de Deportes”.