Ambiente en las Ramblas de Barcelona

Así han quedado las restricciones: esto es lo que se puede hacer y lo que no en cada comunidad autónoma

Cuántos comensales se pueden sentar a la mesa, cuándo es el toque de queda, hay o no cierre perimetral, qué pasa con los allegados... Consulta las medidas de cada región y si puedes viajar de una a otra

Este miércoles arrancan las restricciones del plan de Navidad en España. Repasamos las medidas que, a día de hoy, están previstas en cada territorio, aunque no hay que descartar nuevos cambios. Y es que, viajar estas navidades de una comunidad a otra se complica. La Comunidad Valenciana se blinda y sólo permitirá la entrada a residentes. Extremadura, AragónMurcia, Melilla y Ceuta eliminan el término allegado por la complejidad para regular su desplazamiento. Madrid, Cataluña, País Vasco, Navarra, La Rioja y Aragón piden completar un formulario para entrar en la comunidad o viajar entre sus provincias.

Con las restricciones anunciadas hasta hoy por las comunidades pero que aún pueden sufrir modificaciones, así queda la España de las 17 Navidades.

Andalucía

Se mantiene el cierre perimetral de Andalucía. Del 23 al 6 permite el reagrupamiento familiar.

En cuanto al toque de queda, se establece de las 23.00 a las 06.00 horas, excepto para Nochebuena y Nochevieja que se amplía hasta la 01:30.

Reuniones máximo de 6 personas y de 10 para los días señalados.

El cierre de los comercios se fija a las 21:00 horas y la hostelería tendrá dos horas más de apertura, entre las 20:00 y las 22:30, a excepción de las cafeterías, que no tendrán que cerrar a las 18:00 horas pero no podrán dispensar alcohol hasta las 20:00 horas.

Aragón

Levanta el cierre perimetral de las provincias aragoneses desde el día 21 de diciembre, pero se mantendrá en la comunidad, salvo del 23 al 26 de diciembre y del 30 al 2 de enero para encuentros familiares.

No será posible desplazarse para ver a un allegado.

El Gobierno de Aragón ha publicado dos tipo de modelos de declaración responsable para aquellos que quieran entrar o salir del territorio.

Con respecto al toque de queda, permanece hasta las 23 horas excepto para Nochebuena y Nochevieja que se amplía a la 01:30.

Se permitirán reuniones de 10 personas los días 24, 25, 31 de diciembre y 1 de enero.

Asturias

Se mantiene el cierre de la región durante las fiestas a excepción de los días entre el 23 de diciembre al 6 de enero donde los familiares y allegados podrán entrar o salir de la región

Desde las 23 a las 6 horas se mantiene el toque de queda excepto para las noches del 24 y el 31, aunque en Nochebuena, Nochevieja y el 6 de enero será entre la 00:30 y las 07:00 horas.

No se permiten reuniones de más de seis personas (10 solo para días señalados, aunque pertenecientes a dos núcleos de convivencia).

Baleares

Los que lleguen de zonas con incidencias de más de 150 casos deberán tener una PCR negativa. El gobierno balear estipula las restricciones dependiendo de un sistema de niveles.

Todas las islas, a excepción de Mallorca que se adelantará la hora de inicio a las 22:00, mantienen el toque de queda entre las 00:00 horas y las 06:00 horas sin retrasarlo los días de Navidad.

La restauración tendrá que cerrar a las 18.00 horas en fin de semana o víspera de festivo y el aforo en las grandes superficies bajará hasta un 30% siendo obligatorio llevar a cabo un control de acceso. Para los pequeños comercios el aforo será del 50%.

Las reuniones sociales estarán permitidas con un máximo de seis personas en interior pertenecientes, como mucho, a dos núcleos de convivencia.

Canarias

A partir del día 18 de diciembre es obligatorio presentar una PCR negativa para entrar en la comunidad.

Las reuniones serán de seis personas, menos en Tenerife, la isla más afectada, que serán de únicamente cuatro. Los festivos y podrán reunirse un máximo de 10 personas, excepto en Tenerife, que serán 6.

El toque de queda en las islas es desde la 01.00 (hasta la 1.30 el 24 y 31 de diciembre), a excepción de Tenerife donde comenzará a las 22:00 horas (fechas señaladas hasta las 00.30 horas).

Cantabria

Mantiene el cierre perimetral, pero familiares y allegados podrán desplazarse dentro y fuera de la región entre el 23 de diciembre y el 6 de enero.

El toque de queda es hasta las diez, aunque en Nochebuena y Nochevieja se permitirá la movilidad nocturna hasta la 01:30 horas, pero solo para regresar al domicilio quienes hayan ido a cenar con la familia.

Ambas noches, del 24 y 31 de diciembre, así como los días siguientes, Navidad y Año Nuevo, se permitirá a un máximo de diez personas juntarse para cenar o comer, salvo que convivan juntos, y siempre de una única unidad de convivencia o a lo sumo de dos. Mientras, los grupos en espacios públicos siguen limitados a seis.

Castilla-La Mancha

Cierra del 23 de diciembre al 6 de enero salvo para encuentros familiares.

Adelanta el toque de queda previsto para las noches del 24 y 31 de diciembre, Nochebuena y Nochevieja. De esta manera, la restricción horaria será finalmente a las 00.30 horas, y no a la 1.30 como estaba previsto inicialmente. En el resto de días sigue siendo a las 00.00 horas.

Reuniones de 6 ampliables a 10 los días señalados pero sólo en el ámbito privado, no en hostelería.

Castilla y León

El cierre perimetral de la región estará vigente hasta el 10 de enero. Abrirá sólo los días claves de las Navidades, 23, 24, 25, 26, 30 y 31 de diciembre, y 1 y 2 de enero. Permitirá la llegada “de familiares, pero nunca de allegados”.

El toque de queda en Castilla y León se mantendrá entre las 22:00 y las 06:00 horas a excepción de la Nochebuena y la Nochevieja donde se permitirá hasta la 01:30 horas.

Las reuniones sociales estarán limitadas a un máximo de 6 personas, aunque en fechas señaladas podrán juntarse hasta un máximo de diez.

Los bares y restaurantes deberán cerrar a las 22:00 horas los días de Nochebuena y Nochevieja en Castilla y León y solo podrán admitir clientes hasta las 21:00 horas

Cataluña

Cataluña seguirá cerrada perimetralmente pero se podrá salir para visitar a familiares o allegados. Dentro de la comunidad se restringe la movilidad a la comarca hasta el 11 de enero.

Exige presentar un documento de responsabilidad que habilite el desplazamiento.

Hay excepciones: una burbuja de convivencia se podrá desplazar entre comarcas para ir a su segunda residencia o donde viva un familiar o donde tenga una reserva hotelera.

Se limitan los encuentros a seis personas. Los días 24, 25, 26 y 31 de diciembre los encuentros se amplían hasta 10 personas.

El toque de queda es hasta las 22 horas excepto los días festivos, que será hasta la 1:00.

Los bares y restaurantes podrán abrir en dos franjas horarias: de 7.30 a 9.30 y de 13.00 a 15.30.

En los centros comerciales quedarán cerrados los gimnasios y restaurantes que están dentro de estos recintos.

Comunidad Valenciana

Mantiene el cierre perimetral hasta el 15 de enero. Ni familiares ni allegados. No se permitirá la movilidad de fuera de la comunidad, a menos que se trate de personas que retornen a su lugar de residencia.

Las reuniones en espacios públicos y privados deberán ser de 6 personas máximo.

El toque de queda se fija hasta las 23:00 y se alarga a las 00:00 en Nochebuena y Nochevieja.

Extremadura

Cierre perimetral del 23 de diciembre al 6 de enero, excepto para las visitas de familiares.

Ante el aumento de contagios reduce a seis el número de personas en reuniones familiares y elimina el término “allegados”.

Toque de queda hasta las 0.00 y a la 1:30 las noches del 24 y 31 de diciembre.

Galicia

Cierre perimetral del 23 de diciembre al 6 de enero, salvo para visitas de familiares. Todas aquellas personas que viajen a Galicia deberán apuntarse en el registro de viajeros

Las restricciones de movilidad que afectan a varios municipios de la región, entre ellos todas las ciudades menos Ourense, se suprimirán de forma excepcional entre las 0,00 horas del 23 de diciembre y las 23,00 horas del 25 de diciembre, para permitir los encuentros familiares en Nochebuena y Navidad.

Como consecuencia, desde las 23,00 horas del 25 de diciembre hasta las 00,00 horas del 29, la movilidad estará limitada en los territorios con cierre perimetral.

Sin embargo, entre las 00.00 horas de esta madrugada y las 23,00 horas del día de Navidad, todos los gallegos podrán moverse por el territorio de la autonomía para encontrarse con sus familiares, para lo que, en principio, , no se les exigirá documentación acreditativa.

La Xuntarecomienda que las cenas navideñas sean preferiblemente entre convivientes. Las comidas familiares no podrán ser de más de diez personas, incluidos los menores de diez años.

El toque de queda se mantiene hasta las 23 horas sin excepciones.

La Rioja

Cierre perimetral salvo del 23 al 26 de diciembre y 30 de diciembre y 2 de enero. Se necesita documento de responsabilidad para desplazarse de la Comunidad.

Las reuniones navideñas serán de diez personas de, como máximo, dos unidades de convivencia distintas.

Los días 24, 25, 31 de diciembre y el 1 de enero se ampliarán las reuniones a 10 personas y el toque de queda a la 1:30.

Madrid

Cierre perimetral del 23 de diciembre al 6 de enero. Reuniones de un máximo de seis personas y dos grupos de convivientes en los días festivos de Navidad, es decir, 24, 25 y 31 de diciembre, además del 1 y el 6 de enero

Seis zonas básicas de salud estarán cerradas perimetralmente desde la medianoche del lunes 21 de hasta las 00.00 horas del lunes 4 de enero: Andrés Mellado, en Chamberí, y de Sanchinarro, en Hortaleza, ambas en el municipio de Madrid; las ZBS de Felipe II y Alcalde Bartolomé González, en Móstoles; y la de Getafe Norte, en el municipio de Getafe. Con algunas excepciones: para los días 24, 25 y 31 de diciembre y el 1 y el 6 de enero no habrá restricción de movilidad de entrada y salida en estas zonas.

Murcia

Cierre perimetral a excepción de los familiares, y solo los familiares”.La Comunidad ofrece la posibilidad de hacer test de antígenos a todas las personas que residan fuera entre el 23 de diciembre y el 6 de enero.

Los encuentros del 24, 25, 31 de diciembre y 1 de enero solo podrán ser de 10 personasde un máximo de tres unidades familiares. Además, también 10 será el número máximo de personas que puedan reunirse en una cena en un restaurante durante esos días. Para el resto de fiestas navideñas, el número máximo de personas que puedan juntarse será de seis tanto en el ámbito privado como en la hostelería.

La hostelería y la restauración cerrará desde las 18:00 hasta las 21:00 horas en Nochebuena y Nochevieja.

Navarra

Se levantará el cierre perimetral del 23 al 26 de diciembre y 30 y 2 de enero únicamente para visitar a familiares, pero será necesario autorización.

El toque de queda se establecerá de forma habitual para todas las fiestas entre las 23:00 y las 06:00 horas.

Las reuniones se limitan a 6 personas, salvo el 24 y el 31 de diciembre, donde se amplía a 10.

País Vasco

Cierre excepto del 23 al 26 de diciembre y del 31 al 2 salvo para ver a familiares y allegados. Para ello será necesario mostrar una “declaración responsable”.

Las cenas podrán ser de hasta diez personas en las celebraciones, aunque fuera de las fiestas el máximo es de seis.

El toque de queda será entre las 22:00 y las 06:00 horas, salvo los días de Nochebuena y Nochevieja donde se podrá llegar a casa a la 00:30 horas.

Adelanta el cierre de comercios y la hostelería a las 18:00 horas los días 24, 25 y 31 de diciembre y los días 1, 5 y 6 de enero, excepto en el caso de farmacias, áreas de servicio y gasolineras.

Ceuta

La Ciudad Autónoma de Ceuta ha acordado realizar desde el 22 de diciembre las pruebas de antígenos a los familiares y allegados que viajen a la ciudad procedentes de Algeciras (Cádiz) hasta el próximo 5 de enero.

La figura de los allegados ha sido eliminada.

El toque de queda será, de 23.00 a 6.00 horas, pero en Nochebuena y Nochevieja comenzará a la 1:00 horas.

El número máximo de personas en reuniones es de cuatro, pero en días señalados se podrán reunir hasta diez personas.

Melilla

Cierre perimetral de la ciudad autónoma, con excepciones entre el 23 de diciembre y el 6 de enero para visitar a familiares. La figura de los allegados ha sido vetada.

toque de queda sigue como hasta ahora, de 23.00 a 6.00 horas, pero en Nochebuena y Nochevieja comenzará a la 1:00 horas.

El número máximo de personas en reuniones es de cuatro pero en días señalados se podrán reunir hasta diez personas. Se ha recomendado que no se excedan los dos grupos de convivencia.

Excepciones a las limitaciones perimetrales

Las limitaciones perimetrales de la comunidad o ciudad autónoma o de otras unidades territoriales están exceptuadas para los siguientes desplazamientos adecuadamente justificados:

  • Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  • Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
  • Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.
  • Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
  • Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
  • Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.
  • Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
  • Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.
  • Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
  • Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
  • Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada

No estará sometida a restricción alguna la circulación en tránsito a través de los ámbitos territoriales en que resulten de aplicación las limitaciones previstas en este artículo.

La limitación de la circulación nocturna está exceptuada para la realización de las siguientes actividades

  • Adquisición de medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad.
  • Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  • Asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia.
  • Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
  • Retorno al lugar de residencia habitual tras realizar algunas de las actividades previstas en este apartado.
  • Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
  • Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
  • Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
  • Repostaje en gasolineras o estaciones de servicio, cuando resulte necesario para la realización de las actividades previstas en los párrafos anteriores.