Nuevas medidas
Bares y restaurantes tendrán un aforo del 50% este verano
Sanidad limita hasta las 2 el ocio nocturno y prohíbe el baile, como adelantó LA RAZÓN
Aunque se muestra optimista sobre la evolución de la pandemia, el Gobierno va a optar por la cautela en la desescalada que ha empezado a ponerse en marcha en todo el país tras la finalización del estado de alarma. Para ello, ha procedido a actualizar el llamado «semáforo sanitario», un documento técnico que permite o no realizar determinadas acciones en función de la situación epidemiológica de cada autonomía.
La última actualización, aprobada por la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial, y a la que ha tenido acceso LA RAZÓN, se centra en uno de sus apartados en la hostelería. En su página 12 subraya que hasta que se alcancen unas coberturas vacunales de al menos el 70%, los territorios evaluados en los que los indicadores de riesgo estén en nivel de nueva normalidad deberán mantener algunas medidas. Por ejemplo, el aforo máximo permitido en bares y restaurantes «será del 50% en interior, pudiéndose incrementar en un 10% si se aplican medidas de control de riesgos que garanticen un alto nivel de ventilación y control de la calidad del aire».
El documento de actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de Covid-19 establece además que «en las terrazas al aire libre se podrán ocupar la totalidad de las mesas permitidas siempre asegurando la distancia entre sillas de diferentes mesas de al menos 1,5 metros», y añade al mismo tiempo que «se permite el servicio y consumo en barra, manteniendo la distancia antes mencionada». Las mesas, apunta, «tendrán un límite de seis personas en interior y de 10 en exterior».
El texto también se centra en el ocio nocturno. En tanto se alcance la inmunidad de rebaño, prevista por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, para mediados de este próximo mes de agosto, los locales deberán mantener unas restricciones de precaución. Por ejemplo, no se podrá superar un aforo máximo del 50% en el interior de los mismos y sus terrazas al aire libre, si las tienen, podrán ocupar la totalidad de las mesas permitidas, siempre asegurando la distancia entre sillas de las diferentes mesas de 1,5 metros. También regula el documento el consumo de alimentos y bebidas en zonas interiores y exteriores de estos establecimientos. Se hará sentados en mesas, debiendo asegurarse el mantenimiento de la debida distancia de seguridad un mínimo de 1,5 metros entre las sillas de las diferentes mesas. «Las mesas tendrán un límite de seis personas en interior y diez en exterior», subraya.
Además, tal y como avanzó ayer LA RAZÓN, el horario de cierre de estos establecimientos será, como máximo, a las 02:00 horas sin posibilidad de apertura de las pistas de baile. El documento concluye que «se establecerán registros para garantizar la trazabilidad de todos los asistentes ante la posible detección de un caso. Esta información estará a disposición de las autoridades de salud pública desde las primeras 24 horas tras el inicio del evento o actividad multitudinaria y durante los 30 días siguientes al evento». Si la discoteca o local de ocio nocturno se encuentra en un nivel de alerta 2, con mayor incidencia de contagios, el aforo quedaría limitado a un máximo de un tercio.
El texto que servirá de base para la desescalada y que aún debe aprobarse en el Pleno del Consejo Interterterritorial de Salud, el máximo órgano de coordinación sanitaria del conjunto del Estado, mantiene la mayoría de las limitaciones ya vigentes en función de los niveles de alerta epidemiológica de cada autonomía. Por ejemplo, en ceremonias como bodas, bautizos y lugares de culto no se podrá superar en ningún caso el 50% de aforo en espacios cerrados, porcentaje que se reduce a un tercio en el caso de que el territorio en el que se produzcan se encuentre en nivel de alerta 2, o deberían aplazarse en el caso de niveles de alerta tres y cuatro.
El texto aprobado ya por la ponencia y la Comisión de Salud Pública mantiene asimismo la prohibición expresa de fumar al aire libre cuando no se pueda respetar una distancia interpersonal de al menos dos metros. Esta limitación será además aplicable también para el uso de cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, picas de agua, cachimbas o asimilados.
Asimismo, propugna el mantenimiento del teletrabajo, y en las reuniones sociales y familiares recomienda relacionarse en burbujas sociales estructuradas en grupos de convivencia estables y reuniones de un máximo de hasta un máximo de diez personas, salvo para los grupos de convivencia estable. El texto insiste en que se mantengan las medidas de distanciamiento e higiene y prevención. Además, conserva la recomendación de limitar los viajes no esenciales fuera de la unidad territorial, promover el transporte en bicicleta y limitar el aforo al 50% en espacios cerrados cuando se trate de velatorios, entierros y ceremonias fúnebres. Con respecto a las bodas, bautizos y celebraciones de culto, recomienda no superar el aforo del 50% en espacios cerrados, con un máximo de 50 personas, y sin limitaciones al aire libre en territorios con baja incidencia.
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