Herencia
¿Cómo debo escribir mi testamento para que mi mascota esté bien cuidada cuando ya no esté?
Las previsiones que hagamos en nuestro testamento y las conversaciones que mantengamos con nuestra familia y con nuestros amigos, serán determinantes para el futuro de nuestra mascota
Cuando somos responsables de la vida de otro ser vivo, es nuestra obligación estar preparados para lo inevitable y asegurarnos de que estará bien cuidado cuando ya no estemos. Las previsiones que hagamos en nuestro testamento y las conversaciones que mantengamos con nuestra familia y con nuestros amigos, serán determinantes para el futuro de nuestra mascota. Así que es importante hacerlo bien, porque siempre necesitará un hogar y siempre necesitará atención veterinaria.
¿Cómo puedes dejarlo todo atado?
En principio, si fallecemos de manera repentina... y sin haber escrito un testamento, quienes decidirán qué hacer con el animal serán nuestros herederos. Lo habitual es que uno de ellos se encargue de su cuidado.... pero no deberíamos confiar ciegamente en que esta persona asumirá la enorme responsabilidad que le estamos legando. Sobre todo si nuestros herederos son poco responsables o si ninguno de ellos tiene una afición especial por los animales.
En estos casos, también puede ocurrir que la persona que haya recibido al animal en herencia decida llevarlo a una protectora o a alguna asociación... para que sean ellos quienes asuman la custodia de la mascota y para que se encarguen de ella en el futuro. De hecho, hay fundaciones que se dedican -específicamente- a cuidar de mascotas de personas fallecidas. Buen ejemplo de ello es el “Proyecto Edén”, que es una organización que se ha marcado el objetivo de buscar un cuidador para los perros y para los gatos que han quedado “huérfanos”.
Es decir, que si nuestros herederos toman este camino, no es lo peor que podría pasar. De hecho, es posible que dejar a nuestra mascota bajo la responsabilidad de una de estas organizaciones, sea nuestra primera opción. Si este es el caso, quizás creamos oportuno compensar la responsabilidad que han asumido con una porción del dinero que dejamos en herencia. Aunque debemos recordar -eso sí- que estos fondos no irán destinados al cuidado específico de nuestro perro o de nuestro gato... sino que también servirá para cuidar a otros animales en la misma situación.
Ahora bien, la mejor opción siempre es buscar a esa persona de nuestro entorno -que todos conocemos- que parece tener una conexión especial con los animales... y que -además- dispone del tiempo, de la energía y de los recursos necesarios para ocuparse de nuestra mascota. Idealmente, esa persona será alguien cercano a nosotros, como un familiar o un amigo. Aunque es posible que debamos que buscar un poco más lejos de nuestro círculo íntimo.
Cuando encontremos a esta persona con la que sabemos que el animal estará seguro y -además- cuidado y querido, entonces podremos hacer que conste legalmente en la herencia. Eso sí, recuerda que convendría mantener una conversación calmada con esta persona y -si fuera necesario- acordar una forma de compensarlo por su sacrificio y por los gastos adicionales que tendrá que afrontar llegado el momento.
Y para tener la certeza de que nuestra mascota va a estar totalmente protegida, también tenemos la opción de incluir algunas condiciones en el testamento. Podemos ceder un bien material (incluido dinero) a nombre de este heredero y este sólo podrá recibirlo a cambio de ofrecer su cuidado a la mascota. Esto se explica en el Artículo 790 del Código Civil: “las disposiciones testamentarias, tanto a título universal como particular, podrán hacerse bajo condición”. Y en este caso, la condición sería que nuestro mejor amigo estuviese perfectamente cuidado.
También tenemos la opción de designar a otros herederos sustitutos... para que tomen el relevo en el caso de que el primero haya cambiado de que le primero no pueda ocuparse del animal. Y estos también tendrán la autoridad de denunciar judicialmente al nuevo cuidador, si consideran que este está incumpliendo su parte del trato.
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