Halloween
¿A cuánto asciende la multa por conducir con un disfraz inapropiado?
Cuando pensamos en los peligros de la carretera, lo normal es que se nos vengan a la cabeza el alcohol, las drogas o la conducción temeraria. Sin embargo, los disfraces también podrían ser peligrosos
Como el lector se podrá imaginar, el Reglamento General de Circulación no hace una mención específica a la legalidad o ilegalidad de conducir disfrazado durante la noche de Halloween. Sin embargo, hay algunas normas que dejan muy claro que algunos disfraces podrían poner en peligro la seguridad vial y que -por lo tanto- son susceptibles de ser sancionables:
¿Cuál es el problema?
Cuando pensamos en los peligros que pueden encontrar los conductores en la carretera durante la noche de Halloween, lo normal es que se nos vengan a la cabeza el alcohol, las drogas o la conducción temeraria. Sin embargo, también hay otros elementos que podrían provocar situaciones de peligro para los usuarios de la vía... y uno de ellos son los disfraces.
La DGT estipula que debemos llevar prendas que nos permitan operar cómodamente los mandos del vehículo. Y su bien es cierto que no especifica qué ropa se considera incómoda, hay algunos preceptos contemplados por el Real Decreto 1428/2003 del Reglamento General de Circulación que justificarían que se nos impusiese una multa... en caso de que un agente de Tráfico considerase que un disfraz no nos permite gobernar adecuadamente el vehículo y que, por tanto, puede dar lugar a que nos veamos envueltos en un accidente.
Concretamente, el artículo 18. 1 del Reglamento General de Circulación señala que “el conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía”.
Un abrigo demasiado grueso, una máscara que no permita ver la carretera, un calzado con un tacón estrafalario, una falda tan ancha que nos impida sentarnos correctamente, los guantes con cuchillos de Freddy Krueger, etc. Todos estos elementos podrían restar movilidad en los brazos, en los pies y en las manos... o interferir con el correcto funcionamiento del cinturón de seguridad; por lo que usarlos mientras vamos al volante, puede estar dentro de la interpretación de conducción imprudente... si así lo determina un agente.
¿A cuánto podría ascender la sanción?
Conducir sin asegurar la adecuada libertad de movimientos y la comodidad a la hora de conducir a criterio de un agente de Trafico, se considera unainfracción leve, por lo que la sanción equivale a 80 euros (40 si nos atenemos al pronto pago). Aunque en estos casos, el agente deberá concretar diligentemente los hechos por los que considera que nuestro comportamiento es negligente.
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