Prostitución

El Gobierno concederá permiso de residencia y trabajo, sin necesidad de denuncia previa, a las víctimas de trata

La nueva ley plantea penas de hasta cuatro años de prisión para los clientes e introduce por primera vez el delito de explotación laboral. Permitirá a las víctimas sin papeles solicitar la autorización temporal de residencia

El Gobierno aprobó ayer en Consejo de Ministros el Anteproyecto de Ley Orgánica Integral contra la Trata y la Explotación de Seres Humanos. El texto plantea penas de prisión de seis meses a cuatro años para quien haga uso de servicios o prestaciones de las víctimas, entre las que destacan las mujeres forzadas a prostituirse,y garantiza a las víctimas una asistencia integral, con autorizaciones de residencia y trabajo provisionales.

La finalidad de esta ley, que se ha desarrollado bajo la dirección del Ministerio de Justicia junto a los ministerios de Igualdad, Interior, Inclusión, es luchar contra todo tipo de explotación, Desde los trabajos y servicios forzosos hasta la laboral, pasando por la mendicidad o el tráfico de órganos. Además, se introduce por primera vez el delito de explotación laboral.

«Esta ley es fruto del consenso interdepartamental y acaba con la dispersión normativa actualmente existente en España. Será un antes y un después en el compromiso por la protección de los derechos humanos y con una lucha mucho más eficaz contra las mafias de explotación. Es el tercer negocio más lucrativo después del tráfico de armas y de drogas», afirmó la ministra de Justicia, Pilar Llop, tras la rueda de prensa del Consejo de Ministros, según recoge Europa Press.

Llop añadió que este anteproyecto aborda de manera integral todas las formas de explotación e incide en la desincentivación de la demanda «con el fin de desarticular y romper los eslabones de la cadena de trata».

El anteproyecto, informa Efe, reorganiza y precisa en el Código Penal la persecución de la trata y la explotación de seres humanos, tipificando los delitos de trabajos forzosos, servidumbre y esclavitud. Para desincentivar la demanda, se tipifica también la utilización de servicios, prestaciones o actividades de las víctimas de trabajos o servicios forzosos, servidumbre o esclavitud.

De este modo, quien haga uso de servicios sexuales prestados por una víctima de trata será castigado con pena de prisión de uno a cuatro años e inhabilitación. Si se ha actuado con imprudencia grave, la pena será de seis meses a dos años y medio. Solo quedará exento de pena quien, habiendo utilizado ocasionalmente los servicios de esas víctimas, lo denuncie. También se castigará a quienes, sin ser autores de delitos de trata o explotación, lo faciliten mediante el alquiler de locales o alojamientos.

Más allá de la respuesta penal, recoge también la prevención y la sensibilización de la sociedad y la asistencia a la víctima, garantizándole una serie de derechos y apoyos. Se establecen medidas en los ámbitos educativo, sanitario, de publicidad y medios de comunicación y la adopción de dichas medidas en el ámbito del sector privado y empresarial, para evitar la explotación; y se fortalecen las normas laborales en sectores más sensibles, contando con la colaboración de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Con carácter general, se reconoce el derecho a una protección y la asistencia especializadas, adecuadas a la tipología de trata y explotación sufrida y al perfil de la víctima. Se le informará en un idioma que pueda comprender, con ayuda de un intérprete o mediador cultural si fuera necesario, y en estrecha colaboración con las entidades especializadas acreditadas.

Futuros «ajustes»

Se reconoce también el derecho a la privacidad y a la protección de la identidad de la víctima desde el momento de la detección y el derecho a la asistencia jurídica gratuita; así como derechos laborales y el acceso a prestaciones como el Ingreso Mínimo Vital.

Por otra parte, el reconocimiento y la efectividad de los derechos reconocidos en la norma no se vincula a la interposición de denuncia y de la participación de las víctimas en la investigación penal, sin perjuicio de que por parte de los poderes públicos se incentive que la víctima colabore para una persecución eficaz del delito a través de los mecanismos necesarios.

Llop puntualizó que la Ley de Trata no deja fuera a jueces y fiscales en la identificación de las víctimas en el ámbito penal ya que el anteproyecto prevé que las víctimas puedan ser acreditadas por sentencia firme en el ámbito penal, siguiendo un sistema de acreditación judicial similar al de las víctimas de violencia de género.

Este anteproyecto crea el Mecanismo Nacional de Derivación (MND), como órgano encargado de la inmediata derivación de las presuntas víctimas de trata; y una Relatoría Nacional sobre Trata y Explotación de Seres Humanos, dependiente del Ministerio del Interior, que supervisará todas las políticas públicas en esta materia.

Según explicó la ministra, la ley de Trata se aprueba en una primera vuelta y seguirán trabajando para mejorar los derechos de las víctimas y reconoció que el texto «sufrirá futuros ajustes».