DGT

Esta es la multa por salpicar a un peatón

Mojar a los viandantes está considerado como una infracción leve

Las precipitaciones comenzarán a extenderse desde el oeste de la Península hacia el este
Las precipitaciones comenzarán a extenderse desde el oeste de la Península hacia el esteAlberto R. RoldánLa Razón

Conducir con lluvia requiere tomar más precauciones de lo normal, ya que el agua modifica las condiciones de la calzada. Tanto en carretera como en ciudad, se debe aumentar el distancia de seguridad con el vehículo que nos precede, ya que el asfalto se vuelve más deslizante y es más difícil detener el coche ante un imprevisto. Además, ante la posibilidad de que calles y carreteras estén resbaladizas, hay que reducir la velocidad y evitar frenazos bruscos.

Otro asunto a tener en cuenta es que con la lluvia se reduce la visibilidad, de modo que no se controla totalmente el entorno que rodea el vehículo.

Por otra parte, hay considerar el agua que se acumula sobre el asfalto y en los laterales de las vías, ya que pueden provocar el llamado aquaplaning. Un efecto por el que se pierde adherencia al suelo y se pierde el control del vehículo.

Estos charcos sobre el asfalto, además de peligrosos para la conducción, pueden provocar una incidente con los peatones.

La posibilidad de “duchar” a una persona que se encuentra caminando por la acera o en un paso de peatones es real y está recogida en el Reglamento General de Circulación. Pasar a una velocidad inadecuada sobre el agua embalsada y mojar a los peatones está considerado habitualmente como una falta leve, pero igualmente, es sancionable.

El artículo 46.1 de la norma de circulación recoge los casos en que hay que disminuir la velocidad. En su apartado “g” especifica que se debe ir más despacio “al circular por pavimento deslizante o cuando pueda salpicarse o proyectarse agua, gravilla u otras materias a los demás usuarios de la vía”.

Además, el artículos 3 de las Normas Generales de Comportamiento en la Circulación aseguran que “se deberá conducir con la diligencia y precaución necesarias para evitar todo daño, propio o ajeno, cuidando de no poner en peligro, tanto al mismo conductor como a los demás ocupantes del vehículo y al resto de los usuarios de la vía”. Mientras que el artículo 2 recuerda que “los usuarios de la vía están obligados a comportarse de forma que no entorpezcan indebidamente la circulación ni causen peligro, perjuicios o molestias innecesarias a las personas, o daños a los bienes”.

Con esta regulación, mojar a un peatón está considerado como una infracción leve y la sanción se puede elevar hasta los 100 euros.

Sin embargo, esta infracción podría considerarse grave y ser sancionado con hasta 500 euros si el vehículo circulaba a más velocidad de la permitida. Y es que que el artículo 46.1 especifica que “las infracciones a las normas de este precepto tendrán la consideración de graves o muy graves, según corresponda por el exceso de velocidad”.

Un truco para evitar pisar los charcos, además de educación, es aprender a “leer” el asfalto. De esto modo, un asfalto claro que refleja como el cristal tiene menos agarre que uno oscuro que no reflecta la luz.