Violencia de género
Interior busca ajustar la fórmula legal para advertir a la víctima de que su maltratador es reincidente
La Fiscalía dice que no se debe hacer de forma “generalizada” y “automática”, pero abre la puerta a que se pondere si hay riesgo para la mujer y si informarla va a protegerla
El Ministerio del Interior lleva meses trabajando en un protocolo de actuación para mejorar la protección de las víctimas de violencia de género,después de un final de año negro y un inicio con cuatro mujeres asesinadas en diez días. En esta línea, la Policía Nacional preguntó a la Fiscalía de Sala contra la Violencia de Género sobre la legalidad de poder informar a las mujeres de la reincidencia de sus maltratadores y la fiscal Teresa Peramato negó el pasado 13 de diciembre que esto se pudiera hacer automáticamente en todos los casos porque colisionaría con la ley de Protección de Datos, si bien no cerró la puerta a una medida de este tipo en casos concretos en los que la mujer corra un riesgo especial. Fuentes de Interior explican que sobre este camino marcado por el Ministerio fiscal hace casi un mes ya trabajan en “bajar al terreno” el modo legal para llevarlo a cabo.
La consulta parte del responsable del Área contra la Violencia de Género del Ministerio del Interior, la comisaría de policía María Jesús Cantos Cebrián que preguntó “si, en aquellos casos en los que una mujer denuncia una agresión por violencia de género en dependencias policiales y se comprueba en el sistema VIOGEN que ese agresor tiene más víctimas, si se puede, por los agentes intervinientes, avisarla de ese riesgo al que está sometida”. La fiscal Peramato contestó en un informe de cinco páginas a principios del pasado mes que “en los términos en los que se plantea la consulta” no podía llevarse a cabo de forma “automática y/o generalizada”.
Sin embargo, dejó una rendija en la que Interior ha seguido abonando estas semanas para poder encajar legalmente las pretensiones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. “Únicamente debiera realizarse una vez se concluya, tras el examen y valoración de las circunstancias particulares de cada caso, no solo que los referidos antecedentes suponen un factor de riesgo relevante, sino que comunicar esa concreta información a la víctima resulta necesario para prevenir, en ese supuesto concreto, la comisión de una infracción penal mediante la adopción de medidas adecuadas de protección o autoprotección”.
Así, el Ministerio Público nombra la ley de Protección Integral contra la Violencia de Género que establece que las mujeres tienen “derecho a recibir plena información y asesoramiento adecuado a su situación personal” y el Estatuto de la Víctima que “dispone que toda víctima tiene derecho a la protección, información, apoyo, asistencia y atención”, así como “que las autoridades y funcionarios encargados de la investigación, persecución y enjuiciamiento de los delitos adoptarán las medidas necesarias, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, para garantizar la vida de la víctima y de sus familiares, su integridad física”.
Sobre estos mimbres, Interior trata de articular legalmente la forma de ponderar este riesgo y poder informar a determinadas víctimas de la multirreincidencia de su pareja. Fuentes del Ministerio explican que los expertos han detectado que cuando el agresor tiene antecedentes la mujer corre un mayor peligro porque suelen actuar más rápidamente y de forma más virulenta en menos riesgo. Y esto, por otro lado, supone una gran frustración para los responsables de Seguridad que ven cómo las víctimas no quieren denunciar o no conocen la peligrosidad de la persona con la que viven.
Grande-Marlaska negó en rueda de prensa este lunes que hubiera discrepancias con los ministerios de Justicia e Igualdad y que su interés es “generar una instrucción que tengan todos los parabienes jurídicos” que además genere “total seguridad de constitucionalidad”.
✕
Accede a tu cuenta para comentar