Cataluña

Becerril pide a la DGT que las multas de radar no sean notificadas por correo ordinario

Solicita al Servei Català de Trànsit que falicite la información de su web también en castellano

Becerril advierte, en su informe anual, de que esta práctica vulnera la ley, que establece que las notificaciones se practicarán por cualquier medio que permita tener constancia de la recepción por el interesado o su representante.

La Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, ha pedido a la Dirección General de Tráfico (DGT) que el Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas, encargado de procesar todas las infracciones captadas por radar, deje de usar el correo ordinario para notificar las sanciones.

Becerril advierte, en su informe anual, de que esta práctica vulnera la ley, que establece que las notificaciones de multas se practicarán por cualquier medio que permita tener constancia de la recepción por el interesado o su representante.

Las notificaciones de sanciones son uno de los problemas que más quejas concentró en materia de Tráfico en 2015, según explica el documento. En este caso, la defensora del Pueblo ha pedido a la DGT que explique el criterio seguido por el Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas. El organismo ha señalado que se realizaban tal y como exige la normativa. Aún así, ha reconocido que, en determinados tipos de notificaciones, se realiza un envío por correo ordinario, con anterioridad al certificado.

Según la DGT, esta práctica venía demostrando que los interesados tenían acceso al mismo con mayor facilidad. Sin embargo, Becerril ha indicado que "esta explicación no convence al Defensor del Pueblo".

Por este motivo ha solicitado al organismo que el Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas reconsidere el criterio aplicado y ajuste en todos los casos su actuación a lo indicado en la ley. Por otra parte, ha señálado que, en materia de notificaciones, es escaso el porcentaje de ciudadanos que hacen uso de la Dirección Electrónica Vial. Así, ha solicitado a la DGT que considere la posibilidad de realizar una campaña de publicidad de la Dirección Electrónica Vial, a los efectos de que, gracias a su difusión, pueda ser conocida y utilizada por un mayor porcentaje de la población que, hasta el momento, desconoce su existencia

Silencio administrativo

Becerril también expone como "otro de los problemas que suscitan mayor rechazo en los ciudadanos"la falta de contestación de los órganos sancionadores a los recursos de reposición presentados que, en algunos casos registrados en las quejas, superan los cinco años de retraso. Al respecto, la defensora insiste en la idea de que los órganos sancionadores deben respetar escrupulosamente las garantías del ciudadano en el procedimiento sancionador. "El respeto a la seguridad jurídica y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos imponen la exigencia de motivación de los actos administrativos y, más aún, cuando se trata de actos administrativos sancionadores, entendidos estos como actos restrictivos de derechos subjetivos", señala en el texto.

Una web solo en catalán

Por otra parte, la defensora ha solicitado al Servei Català de Trànsit que facilite la información de su web también en castellano. Esta petición se produce después de recibir quejas de usuarios que no podían realizar algunos trámites al no entender el contenido de la página de Internet.

Así, el documento pone como ejemplo el caso de un ciudadano catalán que interpuso una queja ante la dificultad de realizar el trámite de identificación del conductor del vehículo por medios electrónicos, dado que los requerimientos de este trámite en la página web del Servei Català de Trànsit remitían al dominio www.gencat.cat/transit, cuyo contenido está redactado exclusivamente en catalán.

En este sentido, Becerril ha recordado que la lengua se percibe socialmente como una parte significativa de la cultura y de la identidad colectiva, de forma que, el sentimiento de menosprecio de la lengua que cada uno considera propia, ocasiona un agravio subjetivo que es comprensible. Además, recuerda que el Tribunal Constitucional estableció que la posición jurídica de las lenguas oficiales es de paridad jurídica para todos los poderes públicos radicados en Cataluña y que el poder de disposición lingüística radica en los ciudadanos y en el derecho de estos a recibir las comunicaciones en castellano se tiene que hacer efectivo sin formalidades o condiciones que conlleven una carga

u obligación.

Así, Becerril solicitó información al Servei Català de Trànsit sobre las previsiones que existían para hacer posible el acceso a dicha página web en castellano, y sobre la posibilidad de modificar la referencia que se hacía constar en las notificaciones sustituyéndola por otra ('oficina virtual de trámites' o 'sede electrónica') que facilitara al ciudadano acceder al contenido en cualquiera de las dos lenguas oficiales en Cataluña.

Además, se formuló al Servei Catal de Trnsit una recomendación en el sentido de solicitar que se sustituyera la referencia a la web www.gencat.cat/transit por otra que facilitara el acceso a la información tanto en catalán como en castellano, en la notificación de los requerimientos del organismo, para identificar al conductor de un vehículo que presuntamente había cometido una infracción.

Becerril ha informado de que el Servei Català de Trànsit contestó recientemente que se habían iniciado los estudios previos que permitirán la licitación del contrato de traducción al castellano de la página web http://transit.gencat.cat y que se procederá a la inmediata traducción del apartado que hace referencia a los trámites electrónicos de los expedientes sancionadores de tráfico. Sin embargo, no se mencionaba la posibilidad de sustituir en la notificación de los requerimientos para identificar al conductor la referencia a la web http://transit.gencat.cat por otra que facilitara el acceso a la información en ambas lenguas.