Sociedad

Los anuncios de «Cillit Bang» son discriminatorios

Los anuncios de «Cillit Bang» son discriminatorios
Los anuncios de «Cillit Bang» son discriminatorioslarazon

El Pleno del Jurado de Autocontrol ha declarado discriminatoria la campaña publicitaria de un producto de limpieza denunciada por la asociación Consumidores en Red, por entender que los mensajes que lanza en sus anuncios "suponen una asignación de rol por razón de género"ya que se dirigen exclusivamente a las mujeres.

Se trata de la campaña sobre los productos Cillit Bang Cal y Brilllo y Cillit Bang grasa y brillo comercializados por Reckitt Benckiser España, S.L., en la que aparecen distintas mujeres contando en primera persona su experiencia con los productos y que terminan con una voz en off que dice: "Pruébalo y cuéntanos tu misma". Consumidores en Red presentó una reclamación ante el Jurado de Autocontrol de la Publicidad el pasado mes de octubre aduciendo que "la campaña es discriminatoria desde el momento en que, a través del empleo de la fórmula 'pruébalo y cuéntanos tu misma', expresada en género femenino, excluye al género masculino como destinatario del producto".

Asimismo, incidían en que igual que aparecen tres mujeres, una en cada spot, limpiando baños y cocinas, al término de cada anuncio se muestran hasta 32 mujeres en pantalla múltiple con el producto en la mano, sin que "ni un sólo hombre"haga acto de presencia.

Para la organización, "la campaña refleja un clarísimo comportamiento estereotipado por razón de género, contraviniendo lo dispuesto por el Código de Conducta Publicitaria y la Ley General de Publicidad", cuestión en la que el Jurado de Autocontrol les dio la razón en primera instancia, aunque la empresa recurrió.

El pasado 19 de noviembre se produjo la resolución definitiva, difundida este miércoles por Consumidores en Red. Autocontrol desestima el recurso y declara que la campaña muestra a las mujeres "como las únicas destinatarias del producto de limpieza promocionado"entendiendo que los anuncios "suponen una asignación de rol por razón de género que convierte el mensaje en discriminatorio".

En la resolución, recogida por Europa Press, el Jurado de Autocontrol explica el hecho de que un anuncio esté protagonizado por una mujer "no merece per se ningún tipo de reproche siempre que no se incluyan mensajes o alegaciones que, de forma explícita o implícita, indiquen o sugieran que la publicidad está protagonizada por las mujeres porque son éstas las que, por razón de su género, deben asumir necesariamente determinadas tareas".

En este caso, según afirma, "concurren un cúmulo de circunstancias que valoradas, no de forma individual, sino en su conjunto y globalmente, pueden provocar que la publicidad sea percibida en el sentido de que refleja comportamientos estereotipados con una clara asignación de rol por razón de género", por lo que declara que contraviene el Código de Autocontrol e insta al anunciante a rectificarlo.

"Consumidores En Red quiere recordar que la Ley General de Publicidad fue modificada por la Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, calificando como ilícita aquella publicidad que presente la imagen de la mujer asociada a comportamientos estereotipados que vulneren los fundamentos de nuestro ordenamiento, coadyuvando a generar la violencia a la que se refiere la propia ley de violencia de género", señala la organización.

En esta línea, llama a "la responsabilidad social de productores, anunciantes y medios de comunicación, para que de una vez por todas se destierren los clásicos clichés machistas que todavía abundan en la publicidad que, más propios de otras épocas, afortunadamente no constituyen un reflejo de la realidad"e instan a los poderes públicos a crear mecanismos para detectar y rectificar estas situaciones.