Cataluña

Condenados por abuso, maltrato o terrorismo no podrán ejercer el voluntariado

La Comisión de Sanidad del Senado ha dado luz verde al proyecto de Ley que impide que las personas que han sido condenadas por sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual, trata y explotación de menores, terrorismo o violencia de género, tráfico ilegal o inmigración clandestina de personas no puedan ser voluntarias.

La Comisión de Sanidad y Servicios Sociales del Senado ha dado luz verde al proyecto de Ley de Voluntariado, una norma que impide que las personas que han sido condenadas por sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual, trata y explotación de menores, terrorismo o violencia de género, tráfico ilegal o inmigración clandestina de personas no puedan ser voluntarias.

Se trata del proyecto de Ley de Voluntariado, una norma que ha sido aprobada en comisión con competencia legislativa delegada, con lo que la norma no tiene por qué ratificarse en el pleno de la Cámara Alta. No obstante, al haberse aprobado una enmienda transaccional (de carácter técnico), el texto debe volver al Congreso, para su luz verde definitiva.

La ley ha salido adelante con el único voto a favor del PP. El PSOE se ha abstenido, y el resto de grupos parlamentarios ha votado en contra (CiU, PNV, ERC y Entesa).

Novedades

En España hay seis millones de voluntarios; es el sexto país de la UE en número de voluntarios. Con su puesta en marcha, los menores de 16 pueden participar de las actividades de voluntariado si cuentan con autorización paterna, y siempre y cuando no intercepte su desarrollo educativo. Además, se amplía la promoción de medidas de reducción de jornada

o la posibilidad de adaptación de la jornada laboral para la acción del voluntariado, siempre que haya acuerdo con la negociación colectiva.

Al texto procedente del Congreso, los grupos de la oposición en la Cámara Alta han presentado cinco propuestas de veto, así como un total de 82 enmiendas al articulado de la ley. Todas ellas han sido rechazadas por el PP. No obstante, sí se ha aprobado una enmienda transaccional alcanzada entre PP, CiU, PNV e IU, que amplía y mejora de tres a seis meses los plazos para que los voluntarios sanitarios puedan participar en emergencias humanitarias.

En concreto, se ha aprobado la posibilidad de que el personal sanitario pueda disfrutar de un permiso para participar en emergencias humanitarias, que tendrá la condición de retribuido o no retribuido parcialmente, tal y como se permite en la Ley del Estatuto Marco de los servicios de salud. Además, durante la vigencia del permiso podrá mantener la reserva de la plaza y se le considerará en situación de servicio activo.

Quejas de la oposición

Desde IU, el senador Jesús Enrique Iglesias ha pedido la devolución de la ley porque, entre otros puntos, cree que favorece un nuevo modelo en el que se abra la puerta a que las Administraciones Públicas puedan regular y reconocer el perfil corporativo del voluntariado, vinculándolo a la propia Administración, quien podrá acabar generando sus propios "espacios"u "oficinas de voluntariado". La petición de devolución de la Entesa Catalana coincide con la de IU y también critica que establezca que las medidas incluidas en esta ley no podrán suponer incremento de gasto público.

Ester Capella, de ERC, ha presentado una propuesta de veto porque dice que esta ley "supone una descarada e inaceptable invasión competencial que además beneficia a las entidades de voluntariado de ámbito estatal en detrimento de aquellas de ámbito autonómico", recordando además que Cataluña tiene competencia exclusiva en la materia. El senador del PNV, José María Cazalis, ha denunciado en su propuesta de veto que "el proyecto de Ley es intencionadamente confuso en su ámbito competencial", posibilitando una "actuación estatal duplicada"y sin respeto a "las competencias autonómicas".

Por parte de CiU consideran que el proyecto de Ley altera las competencias de las comunidades autónomas respecto al voluntariado y aleja la administración y las políticas de apoyo al voluntariado de los ciudadanos. En relación al modelo de voluntariado regulado por el proyecto de Ley, los nacionalistas catalanes denuncian que no admite ni contempla la diversidad del voluntariado, tampoco comparten la regulación del voluntariado en edades inferiores a los 16 años, discrepa del establecimiento de una póliza de responsabilidad civil solamente en caso de que una norma obligue específicamente a ello.

Cautela

En defensa de las nuevas medidas de la ley, el ministro de Sanidad, Servicios Sociales, Alfonso Alonso, argumentó que iba a establecer "por cautela"que para determinados programas de voluntariado no podrían participar personas que hubieran sido condenadas por sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual, trata y explotación de menores. Así, estos colectivos no podrán ser voluntarios en los programas cuyos destinatarios hayan sido o puedan ser víctimas de estos delitos, una circunstancia que se acreditará mediante una declaración "responsable"de no tener antecedentes penales por estos delitos.

Este proyecto de ley establece, en otros casos, que tampoco puedan tener la condición de personas voluntarias aquellas personas que hayan cometido delitos especialmente graves.

En el resto de supuestos, las entidades de voluntariado deberán valorar si la existencia de antecedentes penales no cancelados impide la incorporación a la entidad o justifica la suspensión de la actividad de la persona voluntaria.

Más medidas de la ley

Esta ley fue aprobada en el Congreso en el mes de junio con el apoyo del PP y de UPyD. Contó con el voto en contra de CiU y PNV, y la abstención de PSOE, la Izquierda Plural y ERC.

Entre otras novedades, las entidades de voluntariado podrán desarrollar programas de voluntariado en los que se contemplen los objetivos de reinserción de personas con antecedentes penales no caducados a través de la acción voluntaria. En este caso, la entidad reflejará en el propio programa de voluntariado las características especiales del mismo.

En cuanto a las actuaciones de voluntariado de las empresas, éstas podrán llevarse a cabo mediante la incorporación de los trabajadores que decidan participar libre y voluntariamente como personas voluntarias en programas promovidos por entidades de voluntariado en colaboración con la empresa. Reglamentariamente se establecerán las especialidades pertinentes a efectos de fomentar y facilitar que las pymes promuevan y participen en programas de voluntariado.

Además, en la ley se hace una "llamada"a las empresas y administraciones públicas a propiciar mecanismos de adaptación del tiempo de trabajo que permitan las labores de voluntariado, de acuerdo con lo establecido en la negociación colectiva.