Caso Marta del Castillo
Consejero andaluz dice que el TS "ha cumplido con su obligación"al admitir el recurso
El consejero de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía, Emilio de Llera, ha manifestado este viernes que el Tribunal Supremo (TS) "ha cumplido con su obligación"al admitir a trámite el recurso que los padres de Marta del Castillo presentaron contra la sentencia de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla que absuelve por segunda vez al joven Samuel Benítez del presunto encubrimiento del asesinato de la joven. "El Supremo ha cumplido con su obligación y se ha pronunciado ante un recurso", ha señalado De Llera en declaraciones a los medios de comunicación avisando, no obstante, de que después de examinar dicho recurso, el Tribunal Supremo emitirá "la resolución definitiva que legalmente proceda".
La abogada que ejerce la acusación particular en nombre de los padres de Marta, Inmaculada Torres, ha informado a Europa Press de que el Alto Tribunal ha dictado una providencia en la que admite a trámite el recurso contra la segunda absolución de Samuel Benítez y fija una vista para el próximo 18 de marzo, a partir de las 10,30 horas, a fin de analizar dicho recurso.
Hay que recordar que la Fiscalía del Tribunal Supremo solicitó que no se admitiera el recurso interpuesto por los padres de Marta del Castillo, mientras que el abogado de Samuel Benítez no se pronunció sobre la admisión o no a trámite pero sí interesó la desestimación del mismo.
Críticas"
El padre de Marta, Antonio del Castillo, ya lamentó en declaraciones a Europa Press la "postura"mantenida en este caso por la Fiscalía y, aunque dijo que "no le sorprende"que pida no admitir su recurso, se preguntó "por qué no deja que el recurso siga su curso y que sea el Tribunal Supremo el que decida". "Me molesta esa intencionalidad de oponerse a todo", aseveró. En su recurso, los padres de la joven alegaron en primer lugar, y entre otros aspectos, la "falta de imparcialidad"del tribunal que dictó la sentencia absolutoria y pusieron de manifiesto que "los hechos probados son ilógicos, contradictorios y arbitrarios", algo que no comparte el Ministerio Público. Hay que recordar que la Sección Séptima de la Audiencia Provincial condenó a 20 años de cárcel por un delito de asesinato a Miguel Carcaño y absolvió al resto de acusados, en concreto el propio Samuel, Francisco Javier Delgado y su novia, María García, lo que fue recurrido por los padres de Marta y la propia Fiscalía ante el Supremo.
Tras ello, el Alto Tribunal decidió elevar la condena a Carcaño un año y tres meses por un delito contra la integridad moral y confirmó la absolución del resto de acusados, ordenando a la Audiencia Provincial el dictado de una nueva sentencia contra Samuel "al objeto de reexaminar su posible participación como encubridor", pues consideró "arbitraria"e "ilógica"la decisión de situar a las 22,15 horas del 24 de enero de 2009 la salida del cadáver de León XIII.
El Supremo concluyó que el hecho de fijar a las 22,15 horas la salida del cadáver de la vivienda "es fruto de la intuición o especulación de la Audiencia, que prescinde del conjunto de los elementos probatorios"practicados, "directos y periféricos", lo que hace "arbitraria"la conclusión en este punto. Una vez recibida la orden, la Sección Séptima volvió a absolver a Samuel y consideró probados los mismos hechos que en su primer fallo, cuando dijo que Miguel golpeó con un cenicero a Marta y, a continuación, éste último, el 'Cuco' y "un tercero desconocido"colocaron el cadáver en una silla de ruedas y lo hicieron desaparecer en un lugar desconocido entre las 21,00 y las 22,15 horas del 24 de enero. Sobre Samuel, el tribunal concluye que "estuvo ininterrumpidamente"en Montequinto desde las 12,00 horas del día 24 de enero hasta las 2,20 horas del día 24, cuando abandonó dicha barriada a bordo de un autobús y se trasladó a Sevilla, donde llegó entre las 2,40 y las 3,00 horas, tras lo que se dirigió a su domicilio a las 3,35 horas.
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