Soluciones para la okupación

Cuál es la solución imprescindible en España para acabar con la okupación, según los expertos en vivienda

La okupación ilegal de viviendas sigue siendo un reto para el sector inmobiliario en España con más de 15.000 denuncias registradas el último año

¿Qué es la inquiokupación? las tres cosas que debes hacer para evitarla
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La okupación ilegal de inmuebles continúa siendo un desafío significativo en el panorama inmobiliario español. Las estadísticas del Ministerio del Interior revelan un total de 15.289 denuncias por intrusión, lo que representa un descenso del 8,8% respecto al año anterior. La Agencia Negociadora del Alquiler (ANA) propone reformas estructurales para abordar esta problemática. Su principal estrategia se centra en modificar el artículo 37 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), exigiendo la formalización por escrito de todos los contratos de alquiler y su inscripción en un registro público.

José Ramón Zurdo, abogado especializado en alquileres y CEO de la ANA, destaca que esta medida facilitaría a las autoridades actuar rápidamente, ya que al no poder presentar documentos válidos en el registro, los okupas podrían ser desalojados sin necesidad de largos trámites judiciales, según recoge El Economista.

Cataluña emerge como el epicentro de este fenómeno, concentrando más del 40% de los casos con 6.258 denuncias. Mientras comunidades como La Rioja, Cantabria y Asturias presentan volúmenes más reducidos, se observa una tendencia preocupante que supera ampliamente los niveles registrados en 2010.

Objetivo: Eliminación de documentación fraudulenta

La normativa vigente impone trabas significativas, como la necesidad de demostrar que la vivienda okupada constituye la residencia habitual de los intrusos. Esta exigencia, según los expertos, ralentiza los procesos y cronifica el problema de la okupación ilegal. Por esto, afirman, es crucial distinguir entre dos escenarios. El primero corresponde con la okupación de inmuebles vacíos que requiere un procedimiento civil que puede extenderse varios meses. Y el segundo es el allanamiento de morada, el cual es considerado delito cuando se invade una vivienda habitada, permite una respuesta penal más inmediata.

Igualmente, sostienen que lo ideal es, en principio, intentar el diálogo inicial, documentar la okupación mediante fotografías y comunicaciones, contratar un abogado especializado y, finalmente, presentar demanda judicial con pruebas de propiedad. Además, también deberá considerarse que el desalojo únicamente puede ser ejecutado por orden judicial, por lo que los propietarios no deben intentar desalojar por medios propios y es necesario aportar pruebas sólidas de propiedad e intrusión.