Tribunal Supremo

El Supremo afirma que el decreto del Gobierno no evitó la prescripción del caso de la Talidomida

La prescripción del caso Talidomida, que ha dejado sin indemnizaciones a las víctimas españolas, se había producido ya cuando, en 2010, el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero dictó un decreto reconociendo los perjuicios causados por el medicamento, según argumenta en su sentencia el Tribunal Supremo.

El alto tribunal ha notificado hoy la sentencia en la que rechazó el recurso de las víctimas de la Talidomida y les negó la indemnización que reclamaron a la farmacéutica Grünenthal Pharma, que comercializó este medicamento para embarazadas causando malformaciones a miles de niños hace casi sesenta años.

A la entrada en vigor del citado decreto la prescripción ya se había producido, señala en su sentencia el Supremo, que explica este criterio porque, dice, una cosa es el reconocimiento oficial de la condición de afectado o, lo que es igual, la confirmación de un estado de salud que ya existía con anterioridad, y otra distinta la prescripción.

Tampoco fue determinante dicho decreto para declarar la concreta situación de incapacidad, que ya existía, añade. Los daños se produjeron desde el mismo momento del nacimiento, en la mayoría de edad o, eventualmente, en el momento de su reconocimiento a efectos de declaración administrativa de incapacidad.

En este sentido, el alto tribunal recuerda que no estamos ante una responsabilidad civil derivada de un delito ni ante una legislación como la penal, en la que determinados delitos se consideran imprescriptibles por su especial gravedad.

Se trata, por el contrario, de una responsabilidad por culpa para la que nuestro derecho fija el breve plazo de un año para el ejercicio de la acción, plazo que ha transcurrido con creces, dice el Supremo. Por tanto, el momento de conceder indemnizaciones ha transcurrido.

El Tribunal Supremo determinó el pasado mes de septiembre, en una sentencia que votaron ocho magistrados frente a uno, que la decisión de la Audiencia de Madrid, que anuló el año pasado las indemnizaciones para los afectados por la talidomida decretadas por un juzgado de Madrid, fue correcta.

Las víctimas reclamaron 204 millones de euros por las malformaciones causadas a numerosos recién nacidos por este medicamento indicado para las náuseas de las embarazadas.

Pero la sentencia de la Audiencia Provincial consideró prescrita la acción de los perjudicados, quienes acudieron al Supremo, cuya Sala de lo Civil confirmó aquel fallo. EFE

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