
Okupación
Esta es la curiosa multa por okupar una vivienda protegida durante diez años
La Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla emitió la sentencia: "Se trata de un inmueble que no pertenecía a los denunciados"

El auge de la okupación es uno de los principales problemas para propietarios e incluso vecinos. Hasta los más vulnerables como Rosa se ven afectados. Ella fue a Madrid a tratarse de un cáncer y acabó con su vivienda okupada: "Esta gente va destrozando familias", afirmaba. Las consecuencias para los propietarios son muy visibles: sufrimiento, problemas económicos y una larga odisea en los juzgados para poder recuperar lo que es suyo.
Esto es especialmente palpable cuando los afectados son pequeños propietarios, tienen menos recursos y la ausencia de ese ingreso condiciona su día a día. Sin embargo, hay unas consecuencias menos visibles, las de los propios okupas. Una vez finaliza el proceso judicial tienen que abandonar la vivienda si así lo afirma la sentencia, pero también pueden ser sancionados económicamente si así se considera. Una sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla publicada por 'ABC' revela la cantidad a la que asciende dicha multa en un caso de okupación durante una década.
¿Cuál es la multa por okupar diez años una vivienda?
La multa para dos okupas fue de 180 euros por persona y la obligación de abandonar la vivienda, que era protegida. La vivienda de protección oficial pertenecía a la empresa municipal de vivienda de Sevilla, Emvisesa, y como revela el mencionado medio fue okupada durante diez años. La condena fue por un delito leve de usurpación tras desestimar la apelación de la okupa que alegaba que Emvisesa no se opuso y que fue provisional pese a estar una década.
La sentencia dice todo lo contrario: "Se introdujeron en el inmueble sin poseer título para ello y a sabiendas de que la propietaria, Emvisesa, se oponía a ello y la tenía adjudicada en arrendamiento a otros beneficiarios", revela 'ABC'. No se quedó ahí: "Manifiestamente se trata de un inmueble que no pertenecía a los denunciados, habiendo sido objeto el inmueble de distintos pases llevando sin percibirse alquiler desde hacía unos diez años, teniendo pleno conocimiento de ello, sin que en ningún momento hayan acreditado su derecho a ocupar o poseer la vivienda".
Una casa de mano en mano
Como revela la propia sentencia, la casa fue pasando por distintas personas de manera ilegal durante diez años, obviando la adjudicación que pudiera hacer la empresa de vivienda, que es la encargada de decidir el inquilino en cuestión. La sentencia incluso desvela el modo de entrada y recuerda la ausencia de autorización: "No pudiendo ignorar que la entidad propietaria no autorizaba su permanencia en ella, habiendo admitido ambos que efectivamente habían forzado la puerta para entrar y conocían que pertenecía a Emvisesa".
La okupa no era vulnerable
Uno de los recursos estrella entre los okupas suele ser alegar vulnerabilidad, algo efectivo en muchas ocasiones. Sin embargo, esta vez no funcionó: "No está probada la concurrencia de los requisitos de la circunstancia de estado de necesidad, pues no existe prueba de que hubiera un riesgo serio para la integridad física de la denunciada, ni que haya solicitado vivienda de protección oficial ni cursado tipo de ayuda a los servicios sociales para solucionar su problema de vivienda y ésta le haya sido denegada, luego ningún estado de necesidad como eximente de su conducta le puede ser aplicado", explica la sentencia.
Parece difícil que funcionara tras la confesión de la okupa: "A mayor abundamiento, la denunciada reconoció que trabaja en una empresa y cobra un salario y el denunciado no sabemos si tiene ingresos o no", reza la sentencia compartida por el mencionado medio. La multa es un reflejo del mínimo coste que tiene para los okupas asaltar una casa. Diez años usurpando, no es allanamiento de morada en este caso, tiene un precio de 180 euros.
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