Enfermedades
¿Guarda la receta de pastillas de hace 50 años?
Los afectados de la talidomida denuncian los requisitos para percibir las indemnizaciones
¿Guarda usted la receta de un fármaco de hace dos años? ¿Y de hace 50? Seguramente, no. ¿Y si el fármaco no se lo recetaron a usted sino a su madre antes de que usted siquiera viviera?, la respuesta es rotundamente no. Pues ése es uno de los requisitos que han de presentar los afectados por la talidomida si quieren conseguir que el laboratorio Grünenthal Pharma les indemnice a través de la Fundación Contergan. No lo dice simplemente un afectado. En el anexo 2 a la Petición de Indemnización, la Fundación urge a las posibles víctimas a presentar qué «fármacos han sido recetados, por quién, y quién los ha tomado. Cuándo los ha tomado. Le rogamos adjuntar recetas médicas, informes médicos o clínicos u otras opiniones...».
Este elevado muro establecido por la fundación no es el único. En otros casos, aunque se presente la declaración jurada del médico que recetó la talidomida a la madre de la víctima y el parte médico que acredita las malformaciones, la entidad responde que deniega la indemnización porque «el Comité Médico de la Fundación ha determinado que sus malformaciones no se deben a la ingestión de talidomida por su madre durante el embarazo». Ése es el mazazo que recibió Rafael Basterrechea, vicepresidente de Avite. Lo curioso es que en el informe de salud de este paciente elaborado por su Centro de Salud de la Comunidad de Madrid se afirma que Rafael tiene «focomelia bilateral asimétrica de MMSS por exposición a la talidomida».
Y no es el único afectado. «En 2009 mandé todos los informes que solicitaban y en 2011 envié la copia de la resolución del Imserso, donde el Estado español me reconocía ya «oficialmente» como afectado. Y sin embargo, la Fundación alemana Contergan, tras dos años y medio de cruel espera, resolvió que yo no era un afectado. Y como yo hay 145 casos o más, pues ha habido gente que ha ido mandando cosas, cada vez menos por la pérdida absoluta de tiempo».
Y es que a estas barreras se suman otras muchas. Como Grünental Pharma, dueña de la patente, vendió el principio activo a otros laboratorios, si la víctima no acredita que el fármaco tomado es el de su marca, tampoco puede ser indemnizada, a pesar de que el laboratorio se lucró con su venta. Una de las afectadas nos ha mandado la respuesta negativa de la fundación, pero prefiere no salir por miedo a las represalias: «Considerando que en el mercado de España no había sólo preparados con talidomida de la farmacéutica Grünenthal, parece igualmente posible que el preparado administrado a la madre fue un preparado de otra empresa. Teniendo en cuenta estas circunstancias, falta en el caso presente la justificación de la doble causalidad requerida. Pese a las malformaciones presuntamente causadas por talidomida, se desestima su solicitud». Ante tal nivel de barreras (o más bien «excusas») que impiden claramente ser apto para percibir la compensación, se entiende que aunque el Gobierno español haya dado ayudas a 24 víctimas, la Fundación alemana sólo haya indemnizado a 10.
Las fechas de retirada no cuadran
El laboratorio alemán asegura que el distribuidor español deja de comercializar los productos con talidomida en noviembre de 1961. Este periódico ha insistido en la fecha, y aseguran que fue en ese mes. Sin embargo, en el boletín del Consejo Nacional de Auxiliares Sanitarios de España de diciembre de 1961 hay un anuncio del fármaco. Y no sólo eso. En el vademécum de 1975 (el libro que reúne los fármacos disponibles en el mercado) también sale.
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