Nuevo real decreto

La industria contradice a Sanidad: el tabaco calentado es "sin combustión", por lo que no puede equipararse al convencional

"Nuestros productos son productos de tabaco calentado sin combustión e incorporan las advertencias sanitarias que requiere la norma vigente", señalan desde Philip Morris

Una mujer con un artículo de Philip Morris
Una mujer con un artículo de Philip Morris larazonLa Razón

El Real Decreto aprobado este martes equipara de forma efectiva la regulación del tabaco calentado a la del tabaco convencional. El Consejo de Ministros ha regulado varios aspectos relativos a la fabricación, presentación y comercialización de los productos del tabaco y los productos relacionados, que prohíbe la venta del tabaco calentado que contiene aromas y obliga a que en el etiquetado figuren las advertencias de que es perjudicial para la salud.

Tras conocerse esta información, Philip Morris Spain ha hecho público un documento en el que realiza unas puntualizaciones al texto del real decreto remitido al Consejo de Estado. La empresa señala que el documento aclara que "se modifican las exigencias del etiquetado de los productos de tabaco calentado en la medida en que se trate de productos de tabaco para fumar, y por tanto con combustión". El texto introduce una nueva definición de producto de tabaco calentado en la que se contemplan dos tipologías dentro de esta categoría y dice que dependiendo de sus características, o es un producto del tabaco calentado sin combustión o un producto de tabaco calentado para fumar. Por lo tanto, en lo que respecta a etiquetado (advertencias sanitarias) "esta nueva normativa aplica exclusivamente a los productos de tabaco calentado para fumar (con combustión) que deberán incorporar en su etiquetado las advertencias sanitarias del cigarrillo convencional", considera.

"Nuestros productos son productos de tabaco calentado sin combustión e incorporan las advertencias sanitarias que requiere la norma vigente. Por tanto, esta nueva normativa solo nos aplica en relación a la prohibición de productos con aroma característico de tabaco para calentar, pero no nos aplica en materia de etiquetado", añaden desde Philip Morris. "Nuestra máxima es, como siempre, cumplir con la legislación centrando nuestros esfuerzos en seguir ofreciendo, como hasta ahora, un porfolio variado de productos de tabaco calentado sin combustión que responda a las necesidades y expectativas de los fumadores adultos que buscan mejores alternativas al cigarrillo", concluye la información.