Tribunales

El juez exculpa a la exdirectora del CSIC de la muerte de dos científicos por un alud

La sentencia asegura que la expedición contaba con material necesario para realizarla en condiciones seguras

La presidenta del CSIC, Rosa Menéndez, visita las instalaciones del Instituto de Biología y Genética Molecular de Valladolid junto a rector de la UVa, Daniel Miguel
La expresidenta del CSIC, Rosa Menéndez, en una imagen de archivolarazon

Un juez de Vielha (Lleida) ha acordado archivar la investigación abierta a la expresidenta del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) Rosa Menéndez por la muerte de dos trabajadores por un alud en una expedición a Val d'Aran, al concluir que esta se llevó a cabo en condiciones "seguras".

En un auto, al que ha tenido acceso EFE, el juzgado de instrucción único de Vielha ha acordado estimar un recurso de las defensas y ha dado carpetazo a la investigación, que se abrió por un delito contra la salud y la seguridad de los trabajadores contra Menéndez y otras cinco personas, entre ellas cargos de la agencia estatal, informa Efe.

El accidente ocurrió el 22 de marzo de 2018, cuando tres miembros de una expedición científica destinada a recoger muestras de agua del lago Redon para un proyecto del CSIC fueron arrastrados por un alud en la Vall de Conangles del Val d'Aran que les precipitó por una roca vertical de 90 metros de altura.

A raíz del accidente, resultó herido grave Roberto Sánchez, investigador de Lasarte (Guipúzcoa) contratado como técnico superior para el CSIC, y fallecieron las dos personas que le acompañaban: el salmantino Gaspar Giner Abati, un biólogo que había trabajado en esta empresa pública, y el montañero Unai Pérez de Arenaza, vecino de Bergara (Guipúzcoa).

Ambos fallecidos habían sido reclutados verbalmente por el director del proyecto, Luis C. -también investigado-, unos días antes de la salida de la expedición sin realizar ningún trámite administrativo previo, ni gestionar ninguna hoja de pedido de contratación y sin que la gerencia del CSIC autorizase ningún gasto relacionado con su intervención en la campaña de toma de muestras.

En su auto, el juez descarta indicios de delito en los investigados, al concluir que los montañeros que intervenían en la expedición contaban con el material necesario para realizarla "en condiciones seguras", sin que se aprecie infracción de ninguna norma en materia de prevención de riesgos laborales.

A ello se suma, añade el instructor, que los fallecidos "contaban con titulación de expertos en montaña, siendo conocedores del terreno y de las condiciones de la nieve y el riesgo de aludes de ese día, motivo por el cual hacían de guías en la expedición".

Respecto a la situación legal de los miembros de la expedición, concluye el juez que la expedición se llevó a cabo en el marco de los "acuerdos de colaboración" de los fallecidos con el CSIC, "ya sea como autónomos o como personal laboral, asumiendo libre y conscientemente la existencia del riesgo que entraña una caminata por la nieve, máxime cuando eran guías de alta montaña que conocían el terreno y el riesgo de aludes que existía ese día".

En mayo de 2022, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) avaló que los dos trabajadores fallecidos fueron empleados por la agencia estatal, pese a que no tenían contrato.

No obstante, para el juez de Vielha, "en nada cambia el hecho de que se observasen todas las normas de cuidado legalmente exigibles" porque, insiste el instructor, "ambos fallecidos eran expertos en la materia y utilizaron todos los medios de seguridad y prevención necesarios para acometer la expedición".

Los familiares de los investigadores fallecidos, constituidos como acusación particular, han recurrido el archivo de la causa ante la Audiencia de Lleida, al entender que la falta de medidas de seguridad "suficientes" en la expedición era "evidente".

Según argumentan los abogados en sus recursos, no solo el plan de prevención de riesgos laborales para la expedición era "insuficiente", sino que tampoco los trabajadores contaban con "todos los elementos de seguridad básicos a la hora de realizar esquí de montaña", como mochila antiavalanchas o airbag, que podrían haber evitado el "lamentable desenlace".

También niegan los recursos que los fallecidos tuvieran el título de alta montaña -solo de media, aseguran-, por lo que de haber existido un plan de prevención, "esa circunstancia, probablemente, hubiese hecho imposible su participación en la ascensión".

Para las acusaciones, las argumentaciones del auto "son absolutamente gratuitas, carentes de argumento probatorio alguno, y vienen a mantener que cuando un trabajador es experto (o lo presume), si corre algún accidente, es culpa suya por no valorar correctamente la situación".

"¿Quiere decir que cuando un trabajador de la construcción sube a un piso noveno y no tiene medios de sujeción, si se cae es culpa suya porque sabía el riesgo que asumía?", apuntan, informa Efe.