
Sucesos
La Justicia procesa a diez médicos por la mujer que falleció en Cartagena en 2021 tras una lipoescultura
La instructora estima que hay indicios de responsabilidad del cirujano y del anestesista que operaron a Sara Gómez

La magistrada del juzgado de instrucción número 3 de Cartagena ha acordado este lunes el procesamiento por un delito de homicidio imprudente contra 10 médicos, 9 cirujanos y un anestesista, tras la muerte en un hospital público de Sara Gómez, quien se sometió a una lipoescultura en centro privado de esa ciudad murciana en diciembre de 2021.
La operación terminó el día 2 a las 14:30 horas en la clínica Virgen de la Caridad, del grupo Ribera, e ingresó en estado crítico en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) del hospital Santa Lucía a las 18:30, cuando dada su inestabilidad, los cirujanos de guardia deciden no intervenirla.
La resolución recoge las analíticas practicadas desde ese día y subraya que los marcadores de sepsis aparecen desde el día siguiente hasta que es operada el día 7, cuando los resultados empeoran, informa Efe.
Según el auto, tras la cirugía se produce una estabilización progresiva y el 22 empeora la situación clínica.
El 1 de enero se decide una nueva intervención quirúrgica urgente, con un fallo multiorgánico que causa su fallecimiento.
Tras la denuncia de estos hechos y las investigaciones, la mujer "ante la creencia errónea" por las publicaciones en redes sociales de internet de que contactaba con un cirujano plástico de reconocida experiencia, decidió practicarse una lipoescultura, pero hay indicios de que era la primera que realizaba este especialista cardiovascular, con cursos en laserlipolisis, lipomoracación abdominal en cuatro dimensiones y un máster en medicina estética, regenerativa y antienvejecimiento.
La instructora estima que hay indicios de responsabilidad de este cirujano y del anestesista que operaron a la mujer en la clínica privada, dado que el primero "no era especialista en cirugía plástica, estética y reparadora y carecía de la formación necesaria para la intervención" y el segundo, encargado del control y monitorización de la paciente, al que correspondía la decisión de trasladarla a la UCI, debió hacerlo tres horas antes.
Alude a los indicadores de sepsis, con signos de infección generalizada, que se aprecian en los informes a partir del tercer día de ingreso en la UCI para apreciar la concurrencia de responsabilidad en los cirujanos que estuvieron de guardia a partir de ese día y hasta el 7 de diciembre, cuando se practica la primera laparotomía exploradora.
Acuerda el sobreseimiento provisional del procedimiento respecto de los cirujanos que la atendieron el día de su ingreso en la UCI, "toda vez que el estado crítico de la paciente no aconsejaba la intervención y en ese momento las analíticas no indicaban signos de sepsis o infección", y de los que la asistieron después del día 7 de diciembre.
Ahora, el fiscal y las acusaciones particular es personadas deberán solicitar la apertura del juicio oral formulando escrito de acusación o el archivo de la causa, así como excepcionalmente más diligencias. La resolución no es firme y contra ella cabe recurso de reforma y/o apelación.
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