Michael Schumacher

La Defensora del Pueblo pide el permiso de lactancia para los funcionarios hombres

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Soledad Becerril opina que se trata de un menoscabo de derechos masculinos

La Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, ha dirigido una recomendación a la Secretaría de Estado de Administraciones públicas para que padres y madres funcionarios puedan disfrutar en igualdad de condiciones del permiso de lactancia y no sólo las mujeres, como recoge el Estatuto Básico del Empleado Público.

Conforme recoge el último boletín de la institución, la normativa,

a diferencia del Estatuto de los Trabajadores, no contempla expresamente la posibilidad de que el padre funcionario pueda optar por acumular el disfrute del permiso de lactancia en jornadas completas, lo que podría suponer "un menoscabo de los derechos masculinos".

"Si la norma reconoce el derecho del padre al permiso de lactancia, y el ejercicio de este derecho puede realizarse en dos modalidades distintas, por la reducción diaria de una hora de jornada de trabajo o mediante la acumulación de la total duración del permiso de lactancia en jornadas completas, la no inclusión del padre funcionario en la posibilidad de esta segunda modalidad en el disfrute de este permiso podría ser discriminatoria", explica la Defensora del Pueblo.

Es por ello que la Alta Institución solicita que el Estatuto Básico del Empleado Público incluya expresamente que el padre funcionario pueda también disfrutar del permiso de lactancia también en su modalidad acumulada en jornadas completas, en los mismos términos que la madre funcionaria.
SI SON LOS DOS, QUE SE PUEDA REPARTIR

Por otra parte, la Defensora recomienda que en el caso de que ambos progenitores trabajen, se permita el disfrute compartido y sucesivo del periodo total del permiso de lactancia entre los dos padres, es decir, que puedan dividir el disfrute del permiso entre ambos.

Según explica, la ley impone que sólo uno de los progenitores disfrute de este permiso pero no prohíbe que lo puedan compartir de manera sucesiva. En el Estatuto Básico del Empleado Público se atribuye así a los dos progenitores la titularidad individual del derecho, sin perjuicio de que sólo uno de ellos pueda disfrutarlo cuando ambos trabajen.

"No obstante, se están planteando problemas cuando ambos progenitores quieren utilizarlo, pues parece que el disfrute por parte de uno de ellos requiere la renuncia del otro", señala la Institución.