Caso La Manada

El Supremo condena por violación a "La Manada"y eleva a 15 años la pena

Aprecia un "auténtico escenario de intimidación"y niega que la víctima diera su consentimiento. Corrige al TSJ de Navarra y a la Audiencia Provincial, que solo apreciaron abusos

Los cinco miembros de La Manada ya han sido detenidos/Ep
Los cinco miembros de La Manada ya han sido detenidos/Eplarazon

El Tribunal Supremo ha elevado de 9 a 15 años de prisión la condena contra los cinco integrantes de La Manada al considerar los hechos ocurridos en los Sanfermines de 2016 como una violación con intimidación.

Fue violación. El Tribunal Supremo (TS) ha endurecido la condena a los miembros de "la Manada" al considerar, por unanimidad, que en los Sanfermines de 2016 cometieron un delito continuado de violación, con el agravante de trato vejatorio y actuación conjunta al apreciar en los hechos "un auténtico escenario intimidatorio", por lo que condena a cada uno a 15 años de prisión y a ocho de libertad vigilada y les prohíbe acercarse a menos de 500 metros de su víctima durante 20 años una vez recuperen la libertad.

La decisión de la Sala, presidida por el magistrado Andrés Martínez Arrieta, sigue el criterio de la Fiscalía y corrige la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, y la originaria de la Audiencia Provincial navarra, que redujeron los hechos a meros abusos, imponiendo a los acusados una pena de nueve años de cárcel. El Alto Tribunal también eleva a 100.000 euros el montante de la indemnización que deberán abonar a la víctima y condena por robo con intimidación, y no por hurto, a otros dos años de prisión a uno de los miembros de "la Manada, Antonio Manuel Guerrero, que arrebató el móvil a la víctima, una joven de 18 años.

Tras la vista en la que los magistrados escucharon los argumentos de acusaciones y defensa en sustento de sus recursos de casación, la Sala concluye que la víctima "en ningún momento consiente a los actos sexuales llevados a cabo por los acusados", obligada a una "situación de sometimiento, haciendo lo que los autores le decían que hiciera, ante la angustia e intenso agobio que la situación le produjo por el lugar recóndito, angosto y sin salida en el que fue introducida a la fuerza". Una situación que fue aprovechada por los integrantes de "la Manada"-subraya el tribunal- para realizar "al menos diez agresiones sexuales con penetraciones bucales, vaginales y anales".

La Sala aplica la agravante de trato vejatorio porque realizaron "varias penetraciones simultáneas" y por el "alarde"que hicieron de su acción delictiva con los vídeos grabados, "jactándose de su obrar". Además, aprovecharon su superioridad numérica "para una mayor impunidad y aseguramiento del delito cometido"

Cinco minutos después de conocerse la sentencia, la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra dictó las órdenes de detención e ingreso en prisión de los cinco condenados por el Tribunal Supremo a 15 años de prisión por un delito continuado de violación por los hechos perpetrados el 7 de julio de 2016 en Pamplona.

De hecho, los cinco procesados han sido detenidos en Sevilla por después ante el riesgo de fuga.

Petición de la Fiscalía

La Fiscalía había solicitado esta mañana al Tribunal Supremo (TS) que condenara a cada uno de los cinco miembros de "la Manada" de Pamplona a 18 años de cárcel y diez de libertad vigilada por un delito continuado de violación al entender que en la madrugada del 7 de julio de 2016 ejercieron sobre la víctima "una fuerza intimidatoria suficiente para cometer los actos sexuales descritos en la sentencia"en la que fueron condenados por abusos a nueve años de prisión por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que confirmó la resolución previa de la Audiencia Provincial. Desde un principio, la fiscal Isabel Rodríguez Mateos ha dejado claro a la Sala, presidida por el magistrado Andrés Martínez Arrieta, su más "absoluta discrepancia"con ese fallo pues en su opinión los cinco acusados se aprovecharon de su "situación de superioridad numérica y física"frente a la joven de 18 años y, en un atmósfera "opresora", "constriñeron la voluntad de la víctima, que no pudo oponer resistencia alguna". "No consta que accediera"a mantener esas relaciones sexuales en un portal de la capital navarra, ha asegurado, "ni que los acusados solicitaran su voluntad". Y es que para la representante del Ministerio Público -que solicitó además otros dos años de prisión para uno de los condenados, Antonio Manuel Guerrero, por el robo con intimidación del móvil de la mujer- fruto de esa intimidación la víctima tenía "coartada su capacidad de decidir sobre esa relación sexual".

La fiscal ha recordado que, según consta en la sentencia recurrida, el portal donde se produjeron los hechos era "un habitáculo que carecía de salidas"y que la joven "fue rodeada, sintiéndose sin capacidad de reacción". "No se puede exigir a la víctima una resistencia heroica", ha hecho hincapié, ni "una voluntad de resistencia que ponga en peligro su vida".

Por su parte, el representante del Ayuntamiento de Pamplona también ha defendido que se condenara a los cinco jóvenes por agresión sexual y no por abusos porque "desde un primer momento existió fuerza, existió violencia sobre la víctima". En su opinión, la sentencia "no acertó al no apreciar el uso de la violencia"en el modo en el que los jóvenes condujeron a la mujer al portal donde se produjeron los hechos. Había, ha insistido, un "plan previo ejecutado de forma precisa". Todo se llevó a cabo, ha añadido, "en una atmósfera de terror"en la que la víctima "fue privada de toda capacidad para decidir". "Nunca existió consentimiento", ha hecho hincapié.

En esa misma línea, el letrado de la Comunidad Foral Navarra ha mantenido que "es indiscutible la existencia de intimidación", subrayando que la joven "era especialmente vulnerable"al tratarse de "una mujer que acababa de cumplir 18 años frente a cinco varones de gran complexión física, en una ciudad que no conoce y no puede controlar", lo que a su entender implica "una mayor vulnerabilidad".

Muy al contrario, la defensa de los miembros de "la Manada"ha pedido su absolución al no apreciar delito sexual alguno y ha pedido al tribunal que no se deje llevar por la "voluble y evanescente opinión pública"y dicte "una resolución justa". El letrado se ha quejado de que "se ha vulnerado de forma clara la presunción de inocencia"de los cinco acusados y ha intentado mermar la credibilidad de la víctima, defendiendo que accedió voluntariamente a mantener relaciones sexuales con ellos. "Esto no eran cinco lobos que iban rodeando a una chica", ha asegurado tras subrayar que no hubo "ningún tipo de intimidación".