Reforma de la Ley del Aborto
La reforma del PP sobre el aborto retrasará aún más el fallo del TC
Dejará sin efecto la falta de consentimiento en menores, pero queda el núcleo del recurso.
El próximo 1 de junio se cumplirán cinco años desde que el Partido Popular, entonces en la oposición, presentara el recurso de inconstitucionalidad contra la vigente ley del aborto, la conocida como «ley Aído», un recurso que fue admitido a trámite a finales de ese mismo mes. Comenzó entonces la tramitación ordinaria de cualquier recurso. De hecho, poco después de su admisión a trámite, el 9 de agosto, el Alto Tribunal rechazaba dejar en suspenso cautelarmente la aplicación de esa ley, que permite el aborto libre en las primeras 14 semanas de gestación, en una decisión que contó con cuatro votos particulares.
Como ponente del recurso se nombró al magistrado Andrés Ollero, que tendría que ser quien elaborase la propuesta de resolución. Sin embargo, hasta estos momentos, el TC no ha debatido este asunto ni una sola vez, y eso pese a que su presidente, Francisco de los Cobos, dijese hace ahora un año, en respuesta al diputado de IU Gaspar Llamazares, que sólo estaba pendiente de «señalamiento y fallo». En todo caso, esa fórmula no quería decir que la decisión fuese a ser inmediata por parte del Pleno.
Ni lo era ni lo va a ser, porque, según han confirmado a LA RAZÓN fuentes conocedoras del asunto, la decisión del Gobierno de reformar la vigente ley del aborto en lo que se refiere a implantar el consentimiento paterno para que las menores de edad –entre 16 y 18 años– puedan abortar va a retrasar aún más la decisión final sobre la constitucionalidad o no de la ley aprobada por el PSOE.
En este sentido, las fuentes consultadas señalaron al respecto que esa modificación que pretende el Ejecutivo, y que actualmente se encuentra en trámite parlamentario, viene a ser coincidente con algunos de los motivos esgrimidos en el recurso que presentó el PP en junio de 2010. En concreto, en ese recurso se aludía a que ese aspecto vulneraba determinados preceptos constitucionales, con lo que, al reformar ese aspecto, se produciría una pérdida sobrevenida del objeto que motivó la impugnación.
Por ello, el Tribunal Constitucional esperará a comprobar si finalmente se aprueba la reforma en marcha, que debe recibir el visto bueno en el Congreso y posteriormente en el Senado, para, en su caso, fijar el objeto del recurso y comenzar las deliberaciones.
En todo caso, y pese a que esta modificación salga adelante, tal como parece dada la mayoría absoluta del PP en ambas Cámaras, hay un aspecto esencial del recurso sobre el que debe pronunciarse el TC: si la ley de plazo es compatible o no con la Constitución. No parece que el Alto Tribunal esté por la labor de resolver ese recurso, y menos en estos tiempos, ya próximos a distintos comicios electorales. En el calendario del Alto Tribunal no figura a corto plazo debatir ninguna propuesta al respecto. No lo ha hecho en casi cinco años y no parece que lo vaya a hacer ahora. Mientras tanto, la decisión sobre un tema tan relevante como éste sigue en el «congelador» del TC.
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