Pamplona

«La Manada», nueve años de prisión por abusos sexuales continuados; absueltos de violación

Además, deberán cumplir cinco años de libertad vigilada tras cumplir la condena

Imagen de los cinco condenados por la agresión sexual en los Sanfermines de 2016
Imagen de los cinco condenados por la agresión sexual en los Sanfermines de 2016larazon

El tribunal condena a los cinco miembros de «La Manada» a nueve años de prisión por un delito continuado de abuso sexual con prevalimiento. Una vez cumplida la condena estarán durante cinco años en libertad vigilada.

«No» es «no» y la ausencia de respuesta o reacción no denota consentimiento. Pero incluso contando con la existencia como prueba de siete vídeos de 96 segundos en total sobre los hechos protagonizados por La Manada en los Sanfermines de 2016, lo cierto es que los magistrados han considerado que no fue una violación grupal, sino un delito continuado de abuso sexual con prevalimiento; es decir, aprovechándose de su situación de superioridad numérica y física. De ahí el malestar de todas las partes contra este fallo que algunos ayer calificaron de salomónico.

Con 15 minutos de retraso sobre la hora prevista, el presidente de la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra, José Francisco Cobo, leyó ayer el esperado fallo de la sentencia. Estaban presentes los abogados de las partes, no así los acusados: Ángel Boza F., José Ángel Prenda, Jesús Escudero D., Alfonso Jesús Cabezuelo y Antonio Manuel Guerrero E., que escucharon el veredicto en sus respectivas prisiones a través de los programas de televisión.

Al final, nueve años de prisión para cada uno por un delito continuado de abuso sexual con prevalimiento, de ahí que se haya estipulado la condena en la parte superior de la posible condena, así como a cinco años de libertad vigilada cuando salgan de prisión. Además, «les imponemos la prohibición de acercamiento a la denunciante a una distancia inferior a 500 metros, así como la prohibición de comunicación
–con ella– por cualquier medio de comunicación o medio informático o telemático, contacto escrito, verbal o visual durante 15 años». A su vez, tendrán que indemnizarla con 50.000 euros cada uno, así como al Sistema Navarro de Salud con el pago de 1.531,37 euros. Además, en el caso de Guerrero E., también fue condenado por un delito leve de hurto «a la pena de dos meses de multa con una cuota diaria de 15 euros».

Mientras Cobo leía el fallo, desde la sala se escuchaban los gritos de los manifestantes a las puertas del Palacio de Justicia. Cobo no paró esta vez. Y leyó también el voto particular del magistrado Ricardo Javier González, en el que afirmaba que se ve «en la obligación de mostrar mi discrepancia respecto a la resolución al discrepar del relato de los hechos que se consideran probados, así como de la condena a los cinco acusados». A su parecer, se debía proceder a su absolución, y sólo solicitaba un delito por hurto para Guerrero E..

Una vez leído el fallo, los gritos se hicieron cada vez más evidentes en el exterior. «No es abuso, es violación»; «si tocan a una, nos tocan a todas» y «esta Justicia es una mierda» fueron algunos de los cánticos de las «300 o 400 personas» allí reunidas, según el recuento de un agente. Tras este último clamor, los manifestantes, hombres y mujeres, rompieron el cordón de seguridad, tirando al suelo las vallas. Tras unos instantes de nerviosismo, con porras en algún momento levantadas, no hubo que lamentar heridos y las protestas y el malestar por una sentencia que, para muchos, se quedaba corta.

Pero el fallo no cayó bien a ninguna de las partes. Cabe recordar que la Fiscalía pedía 22 años y 10 meses, y las acusaciones solicitaban hasta 25 años. Los abogados de la defensa pedían, en cambio, su absolución. De ahí, que tanto Agustín Martínez como Jesús Pérez vayan a recurrir, tal y como explicaron ayer desde el hall del Palacio de Justicia, dada la multitud que había en el exterior. «No estamos conformes. Vamos a recurrir», afirmó Pérez. Martínez, por su parte, precisó que «los tres magistrados se han puesto de acuerdo en que no hay agresión sexual, eso por unanimidad. Y el voto particular va en la línea de desmontar la existencia de un delito de abuso sexual con prevalimiento. Es obvio, por tanto, el recurso, porque se ha roto el principio acusatorio dado que el delito por el que se les condena no estaba en el auto. La condena, por tanto, no se ajusta a Derecho».

«Todos contemplábamos la inocencia –prosigue– y el tribunal nos ha dado la razón. Son inocentes de una agresión sexual, son inocentes de un delito contra la intimidad y también cuatro de los cinco son inocentes de un delito de robo. Lo que desde luego no contábamos es que hubiera una sentencia de este tipo». Preguntado por este periódico si es una sentencia salomónica, Martínez explicó que, en su opinión, «no es un punto medio. Uno de los magistrados ha dicho que no ha habido agresión ni abuso. La sentencia ha podido ser un término medio por intentar no descontentar a todos. Ahora bien, las mayorías no necesariamente tienen razón, por ser dos no tienen necesariamente más razón que uno». Los abogados de la acusación particular también tienen en mente recurrir, al igual que el Ayuntamiento de Pamplona. En definitiva, todo apunta a que este caso pueda llegar al Supremo a pesar de contar con grabaciones de los hechos, algo, por otra parte, nada habitual. Pero antes queda el recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra que podría resolverse para el próximo mes de septiembre. Una sentencia que ayer llegó envuelta en la polémica que ha rodeado a este caso desde que se conoció.