España

El Senado aprueba la ley de ayudas por los incendios forestales

El Proyecto de Ley de Medidas Urgentes para Paliar los Daños producidos por los Incendios Forestales y otras Catástrofes Naturales ocurridos en varias CCAA, ha sido aprobada esta tarde por el Senado por 224 votos a favor, dos abstenciones y ningún voto en contra.

Al no haber sufrido en la Cámara Alta ninguna variación en relación al texto remitido por el Congreso, la norma ha quedado definitivamente aprobada.

A pesar de contar con los votos de casi toda la oposición, la mayoría de los grupos han reprochado los criterios "excluyentes"de la norma, ya que dejan fuera a los afectados por la sequía de Aragón o las heladas de Valencia.

Esto es así, han explicado los grupos, porque el ámbito temporal de la aplicación ley, solo incorpora las catástrofes producidas a partir de 1 de junio y no las anteriores a esta fecha; tampoco incluye supuestos como el de extrema sequía o intensa heladas, y marca un tope en las superficies afectadas.

En su defensa, el senador del grupo popular Luis Aznar Hernández ha recordado que se trata de un proyecto de ley, que procede de un Real Decreto para unas ayudas excepcionales por casos excepcionales, y que fuera de este proyecto existen en la normativa española otro tipo de ayudas para catástrofes naturales.

En cuanto al caso de Canarias, y ante el temor expresado por el senador de Coalición Canaria, Narvay Quintero, de que algunos municipios de La Gomera pudieran quedar excluidos, Aznar le ha pedido que se quedara tranquilo porque estos municipios están nombrados en la orden ministerial y se beneficiarán de las ayudas.

El texto establece que las ayudas serán por daños personales y por daños materiales en viviendas y enseres destinados a establecimientos industriales, mercantiles, agrarios, turísticos y de otros servicios.

Estas ayudas, destinadas principalmente a los afectados por los incendios ocurridos este verano en Andalucía, Murcia y Comunidad Valenciana, se extenderán a los casos de fallecimiento y a los supuestos de incapacidad causados directamente por los siniestros.

También se establece que podrán subvencionarse aquellas actuaciones inaplazables que se hayan llevado a cabo con el fin de garantizar la vida y seguridad de las personas, el funcionamiento de los servicios públicos esenciales y la salubridad pública.

Entre estas actuaciones se incluyen la evacuación, alojamiento y alimentación de personas afectadas por las catástrofes, la retirada de lodos y la limpieza de vías y entornos públicos indispensables para el restablecimiento de la normalidad, y la retirada de animales muertos.

Durante la tramitación parlamentaria se han incluido exenciones para los titulares de derechos al uso del agua para riego de los municipios de Puerto Lumbreras, Lorca, Totana, Alhama y Mazarrón, de la provincia de Murcia; y Pulpí, Cuevas del Almanzora, Huércal-Overa, Vera, Zurgena y Antas, de la provincia de Almería.

También se contemplan líneas preferenciales de crédito, a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO), para financiar la reparación o reposición de instalaciones y equipos industriales, turísticos y mercantiles, agrícolas, forestales, ganaderos y de regadío, automóviles de uso particular y locales de trabajo de profesionales que se hayan visto dañados como consecuencia de los siniestros.