Almería
Una de las partes pide la nulidad de la vista sobre la licencia del hotel del Algarrobico
La asociación conservacionista Salvemos Mojácar ha solicitado la nulidad de la vista celebrada el 14 de enero para dirimir la conformidad a derecho de la licencia municipal de obras del hotel de Azata del Sol en el Algarrobico, en Carboneras (Almería), al estimar que la designación del magistrado ponente de la sentencia, Rafael Toledano Cantero, incumple las normas de reparto por las que se rige el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). El escrito, elevado este lunes al Alto Tribunal andaluz con sede en Granada, pide, además de la nulidad, que no se publique la sentencia hasta que no se resuelva el incidente planteado por el colectivo en este procedimiento, que se remonta a 2008 cuando Ayuntamiento de Carboneras y promotora del hotel presentaron recurso contra el fallo del juez Jesús Rivera que ordenaba la revisión de oficio de la licencia por vulnerar tanto la ley de Costas como la normativa medioambiental.
Según expone el citado escrito, el TSJA acordó el 6 de noviembre de 2013 designar como presidente y nuevo ponente al magistrado Rafael Toledano Cantero debido a la baja por enfermedad de la hasta entonces ponente, la magistrada María del Mar Jiménez Morera, y se acordó celebrar juicio sin que ninguna de las partes lo hubiese solicitado. Salvemos Mojácar indica que "hace tres días"ha tenido conocimiento de que la citada ponente se incorporó a su destino antes de la celebración del juicio, por lo que, según destacan, debió de ser la juez María del Mar Jiménez Morera quien decidiera si se celebraba o no el juicio, y quien participase en él, en caso de celebrarse.
"En todo caso la citada magistrada debió y debe de reincorporarse ahora a su puesto como ponente ya que la no reincorporación a su destino de la citada ponente incumple las Normas de Sustitución de Magistrados y Reparto por las que re rige el TSJA", asegura. Salvemos Mojácar subraya, además, que el juez ordinario en esa causa es la citada ponente por lo que, a su juicio, se está vulnerando el artículo 24 de la Constitución "por haber privado a la asociación del derecho fundamental al juez ordinario".
Por esos motivos, según concluye el escrito, procede decretar la nulidad de actuaciones retrotrayendo la causa a la fecha en que se reincorporó a su destino la magistrada María del Mar Jiménez Morera después de su baja por enfermedad. Cabe recordar que pese a que la vista en audiencia pública se celebró el 14 de enero y que se anunció mediante una providencia notificada a las partes que se dictaría sentencia el 25 de febrero, el tribunal comunicó ese mismo día 25 que "continuaba deliberando"y que la resolución "se redactaría, notificaría a las partes y se haría pública en aproximadamente diez días".
El pasado 10 de febrero, la sala ya resolvió por primera vez ampliar el plazo para dictar sentencia y alegó para ello "la complejidad y la extensión de las actuaciones"que alcanzan los cuatro tomos y los 1.633 folios, así como el propio expediente administrativo "compuesto por diez cajas y cientos de planos y documentos".
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