Sanidad
¿Podría pasar en España?
¿Qué acciones deben tomar las personas que han sufrido algún tipo de maltrato en un centro sanitario público?
–Tratándose del sector público, se puede demandar a la Administración, así como a las personas que dieron un trato vejatorio a los pacientes, siempre que se puedan identificar. También se puede poner una demanda sin perjuicio de la Administración. Esta vía no exime la responsabilidad económica por plantear una demanda penal. Por vía de repetición de la Administración significa que si una persona reclama contra la Administración, ésta, por ser sector público, responderá, pero podrá ir contra las personas físicas que hubieran actuado de forma irresponsable con los pacientes.
¿Podría suceder un caso similar en nuestro país?
–En España no se podría dar porque las inspecciones son muy estrictas y es absolutamente impensable. Aquí, los controles que se realizan en todos los centros no se producen en otros países europeos.
¿Qué compensación deberían recibir las familias afectadas por casos de negligencia?
–Desgraciadamente, en España no tenemos un baremo específico de daños sanitarios. El Consejo Asesor de Sanidad lo iba a impulsar porque seguimos aplicando el baremo de automóviles. Se paralizó en su momento y se ha quedado marginado, pero los expertos en Derecho Sanitario lo llevamos reclamando muchos años. Hay uno indicativo europeo que se quería tomar, pero aún no se sabe cómo se definirá.
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