Educación

Protección de Datos desaconseja el uso de móviles para fines pedagógicos en las aulas si existe otro recurso “más idóneo"

La AEPD elabora unas orientaciones sobre las obligaciones y responsabilidades por el uso de dispositivos móviles en los centros educativos

Niños y móviles, tabletas
Niños y móviles, tabletasCLÍNICA LA LUZCLÍNICA LA LUZ

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) desaconseja el uso de dispositivos móviles en los centros educativos si el fin pedagógico puede conseguirse a través de otro recurso más idóneo. Así lo señala la entidad en unas orientaciones que ha publicado bajo el título ‘Responsabilidades y obligaciones en la utilización de dispositivos digitales móviles en la enseñanza infantil, primaria y secundaria’.

El documento analiza las implicaciones que puede tener el uso de esta tecnología y qué principios deben cumplir los centros docentes y las autoridades educativas para que el tratamiento de datos personales derivado del uso de estos dispositivos respete la normativa de protección de datos. Estas recomendaciones están dirigidas a las autoridades educativas, equipos directivos de centros escolares, docentes y familias.

La AEPD señala que el uso de teléfonos móviles y tabletas en los centros educativos es cada vez más común, siendo a menudo dispositivos propiedad del propio alumnado o sus familias. Muchos de los productos y servicios empleados en las aulas, como parte de la enseñanza, implican el tratamiento de grandes volúmenes de datos personales que, en muchos casos, son almacenados en la nube por terceros fuera del control directo de las instituciones educativas.

“Estos dispositivos pueden recopilar numerosos datos del alumnado, como identificadores de dispositivos, cuentas de usuario, geolocalización, hábitos de uso, etc., información que puede ser tratada con propósitos distintos de la función educativa”, explican los expertos de la agencia, que remarcan que el tratamiento de esta información debe cumplir con lo establecido en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

Las orientaciones de la AEPD también abordan cómo regular el uso de dispositivos móviles en los centros educativos. Pueden darse diferentes escenarios, como prohibir o limitar su uso, permitirlo bajo la supervisión del profesorado, o la falta de regulación clara al respecto. Cada una de estas situaciones conlleva responsabilidades para los centros y autoridades educativas. Asimismo, la agencia advierte de que el uso de dispositivos digitales con fines educativos puede afectar de manera significativa a los derechos y libertades del alumnado. Entre estos, se incluyen el derecho a la no discriminación, la privacidad, la integridad física y psíquica, y la protección de sus datos personales, lo que puede influir en su desarrollo integral como personas.

Por todo ello, la AEPD desaconseja el uso de teléfonos inteligentes y otros dispositivos móviles en las aulas si los objetivos pedagógicos pueden lograrse mediante otros métodos más adecuados. Además, señala que cualquier tratamiento de datos en el entorno educativo debe cumplir con los principios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad establecidos por el RGPD.

La AEPD recuerda que los tratamientos de datos que no respeten los fines originales son ilegales, y pueden conllevar responsabilidades legales tanto para los centros educativos como para las autoridades, incluyendo posibles sanciones y reclamaciones por daños.