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¿Hasta qué hora puedes hacer ruido en casa? Esto dice la ley

En general, la franja considerada “horario nocturno” suele estar comprendida entre las 22:00 o 23:00 de la noche y las 7:00 u 8:00 de la mañana

¿Hasta qué hora puedes hacer ruido en casa? Horarios y sanciones por ruidos molestos
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Saber hasta qué hora se puede hacer ruido en casa es una de las dudas más frecuentes en cualquier comunidad de vecinos. Aunque existe una normativa estatal sobre contaminación acústica, los horarios concretos dependen principalmente de cada municipio y de las ordenanzas locales. Aun así, la mayoría de ciudades mantiene una franja muy similar entre el periodo diurno y el nocturno.

Los horarios habituales de silencio que se aplican en la mayoría de municipios

En general, la franja considerada “horario nocturno” suele estar comprendida entre las 22:00 o 23:00 de la noche y las 7:00 u 8:00 de la mañana. Durante ese periodo, se exige evitar cualquier actividad que produzca ruidos que puedan molestar a otros vecinos: música alta, fiestas, obras, arrastre de muebles o electrodomésticos ruidosos.

El periodo “diurno” —cuando sí se permiten actividades que generen cierto nivel de ruido— suele ir aproximadamente de 8:00 a 21:00–22:00 entre semana. Los fines de semana o festivos muchos ayuntamientos retrasan el inicio del horario diurno, que puede comenzar alrededor de las 9:00 o 9:30.

Estos rangos son generales: cada ayuntamiento fija sus propios límites de decibelios y horarios exactos. Por eso, siempre es recomendable consultar la ordenanza municipal para conocer la normativa concreta de cada ciudad.

Qué puede pasar si superas los límites: avisos, denuncias y sanciones

Cuando un vecino genera ruido excesivo fuera del horario permitido, cualquier residente puede solicitar la intervención de la policía local para realizar una medición acústica o, simplemente, registrar la queja. Si se comprueba que el nivel de sonido supera lo permitido o que las molestias son reiteradas, pueden imponerse sanciones económicas que varían según el municipio y la gravedad.

Además, las comunidades de propietarios pueden actuar si las molestias son continuas. Los estatutos internos pueden incluir normas específicas sobre obras, fiestas o uso de electrodomésticos ruidosos, y también son de obligado cumplimiento. En casos de ruidos graves o constantes, incluso se puede iniciar un procedimiento judicial por actividades molestas.