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Siete años de cárcel por apropiarse de 1,7 millones de 82 comunidades

Una de las 82 comunidades de propietarios de Pamplona que se vieron perjudicadas por la actuación de su administrador
Una de las 82 comunidades de propietarios de Pamplona que se vieron perjudicadas por la actuación de su administradorlarazon

El administrador ingresaba el dinero en sus cuentas y mil propietarios tuvieron que afrontar «derramas» para gastos ordinarios.

No tenía, o al menos no aparentaba, el más mínimo escrúpulo para detraer fondos de las comunidades de propietarios que gestionaba para ingresarlos en las cuentas de su empresa, de la que era administrador único y la que llevaba todo lo relacionado con la gestión y administración de comunidades de propietarios. Ahora, ese afán le va a llevar a pasar los próximos siete años en prisión, a expensas de lo que pueda decidir el Tribunal Supremo en un más que probable recurso, por haber defraudado más de 1,7 millones de euros ni más ni menos que a 82 comunidades de propietarios de Navarra, la mayoría de ellas ubicadas en Pamplona. Más de mil propietarios se vieron perjudicados por esa actuación. La Audiencia de Navarra le condena ahora por un delito de apropiación indebida.

Ignacio G. S. era el administrador único de una sociedad a través de la cual prestaba el servicio de administrador a las comunidades que le habían contratado. Desde esa condición decidió, «sin consentimiento» de esas comunidades, realizar distintas transferencias a su empresa desde el 2 de enero de 2007 al 16 de noviembre de 2012, cuando fue inhabilitado.

En este sentido, la Audiencia de Navarra considera acreditado que el acusado realizó un «acto de apropiación indebida del dinero existente en las comunidades por él administradas, mediante transferencias a cuentas a su nombre, o a nombres de las sociedades por él administradas» o mediante retiradas en efectivo «sin causa justificada. Por otro lado, incumpliendo sus obligaciones, «distrajo diversos importes del dinero de las comunidades al transferirlo a otras, igualmente sin causa justificada», afirman los magistrados.

En este caso concreto, la sentencia destaca la apropiación indebida respecto a varias de las comunidades de propietarios que gestionaba el acusado y que excedía los 50.000 euros, e incluso en algunos casos se superaba ampliamente esa cantidad. «Así, existen seis comunidades en que el importe distraído asciende a más de 50.000 euros, dos de ellas incluso superan los 300.000 euros y otras dos, más de 100.000 euros».Todos los importes «distraídos» de las comunidades de propietarios alcanzaron la suma de 1.717.348 euros.

De esta forma, el delito de apropiación indebida debe alcanzar, afirma el fallo, no sólo a las transferencias de dinero que realizó a su cuenta o cuentas de las sociedades gestionaba por el acusado, «sino también a los movimientos injustificados que hizo entre las comunidades, sacando los fondos de una comunidad, aunque los mismos fuesen a la cuenta de otra comunidad, y aunque posteriormente existiesen movimientos de retorno de fondos que cubriese total o parcialmente la salida precedente».

Como consecuencia de la actuación del acusado se vieron perjudicados más de mil propietarios de viviendas, que se vieron obligados, para atender sus gastos ordinarios que ya estaban cubiertos, «a hacer derramas por la salida injustificada de fondos», lo que avala la existencia de un dolo preconcebido por parte del acusado «dirigido a obtener un beneficio económico» muy importante.