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El Tribunal Superior de Baleares obliga a una empresa a que su empleada pueda teletrabajar

La mujer tenía una reducción de jornada para cuidar de su hijo que no podía quedarse con su padre por un cambio laboral

Teletrabajo
Persona teletrabajandoDIPUTACIÓN DE HUELVADIPUTACIÓN DE HUELVA

En un importante fallo, el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha confirmado la sentencia de un Juzgado de Palma que obliga a una empresa a permitir el teletrabajo a una empleada por razones de conciliación familiar. La mujer, que desempeñaba funciones como teleoperadora en un contact center, contaba con una reducción de jornada por guarda legal de su hijo pequeño.

La trabajadora solicitó la posibilidad de teletrabajar debido a un cambio en las circunstancias laborales de su pareja, alegando que vivía a 38 kilómetros de su lugar de trabajo y que el desplazamiento insumía dos horas diarias en transporte público. Además, argumentó que durante la pandemia de COVID ya había desempeñado su labor de forma remota.

La empresa, no obstante, rechazó la solicitud, alegando la complejidad del software necesario para el trabajo, la manipulación de datos sensibles y los posibles costos asociados. Sostuvo que la naturaleza del trabajo requería presencia física por razones productivas y que no se consideraba implementar el teletrabajo en la empresa.

El Juzgado falló a favor de la trabajadora reconociendo su derecho al teletrabajo. A pesar de la impugnación de la empresa, el TSJIB ha rechazado la apelación por cuestiones formales, respaldando así la decisión original del Juzgado y sentando un precedente importante en favor de la conciliación familiar y el teletrabajo en situaciones similares.