Accidente aéreo

Un juez condena a pagar 340.000 euros a la familia de una víctima de Spanair

El vuelo 5022 se estrelló el la T4 del aeropuerto de Barajas el 20 de agosto de 2008
El vuelo 5022 se estrelló el la T4 del aeropuerto de Barajas el 20 de agosto de 2008larazon

La primera sentencia por la vía civil del accidente de Barajas triplica lo ofrecido por la aseguradora y abre una vía de esperanza a las víctimas cuyos procesos están paralizados.

Un juzgado mercantil de Barcelona ha condenado a la compañía aseguradora Mapfre a indemnizar con 168.990 euros, más una cantidad igual en intereses, a los familiares de un joven que falleció en el accidente de avión de Spanair ocurrido en agosto de 2008 en el aeropuerto madrileño de Barajas. La sentencia, según el abogado de los demandantes Francisco Vasques, es la primera por la vía mercantil que obliga a indemnizar a las víctimas del accidente aéreo y establece como cantidad a pagar más del doble de lo que la aseguradora ofrecía a los familiares del fallecido para que desistieran de acudir a los tribunales, informa Efe. Esta es la primera sentencia por la vía civil contra Mapfre, que abre una ventana a la esperanza a más de la mitad de las familias de las víctimas mortales y de los supervivientes cuyos procesos se encuentran paralizados.

El juzgado mercantil número 8 de Barcelona condena en su fallo a indemnizar con 168.990 euros a los padres y la hermana del fallecido -que ya cobraron a los pocos meses del siniestro los 25.000 euros que marca la ley-, más los intereses legales incrementados, que desde el año 2008 ascienden a 169.513 euros. Para fijar esas cantidades, el juez ha tenido en cuenta el baremo indemnizatorio a víctimas de accidentes de tráfico, pero solo como "criterio orientativo", y las ha aumentado al entender que los accidentes aéreos tienen "diferencias significativas", dado que el éxito del avión radica en ser "cómodo, rápido, seguro y de muy baja siniestralidad".

Última oferta hace dos meses

En junio de 2014, Mapfre ofreció a la familia del pasajero fallecido, que pedía 2,7 millones de euros en su demanda, la indemnización prevista para accidentes de tráfico incrementada en un 20%, lo que según la aseguradora en el acto previo al juicio se elevó a 150.000. Esta versión contrasta con la del propio abogado defensor que indicó a LA RAZÓN que "hace dos meses recibí un fax en el que nos ofrecían poco menos de 120.000 euros y teníamos la obligación de firmar un documento por el que renunciábamos a reclamaciones futuras".

Sin embargo, el juez ha resuelto calcular la indemnización de acuerdo con el baremo de los accidentes de tráfico más un 50%, al entender que "la seguridad que ofrecen las compañías aéreas a la hora de promocionar sus servicios, generando una gran confianza en el consumidor, quiebra la analogía con el baremo de los accidentes de circulación".

En ese sentido, la sentencia lamenta que no exista una normativa específica para cuantificar los daños derivados de accidentes aéreos, pese a su "especificidad (más esporádicos, pero por lo general también con efectos más gravosos)". La sentencia considera que el siniestro se debió, como estableció en su informe la Comisión de Investigación de Accidentes de Aviación Civil, a la "conducta negligente de los pilotos"y concluye que no se trató de un hecho "ni imprevisible ni inevitable para la compañía aérea, ya que se trata de un evento bajo su control".

En ese sentido, el juez advierte de que "no puede ampararse la compañía aseguradora, frente a la reclamación que efectúan los familiares de una víctima, en un presunto defecto de diseño del avión siniestrado (...)". El fallo recuerda que, de acuerdo con el informe de la Comisión de Investigación, "la tripulación no configuró adecuadamente el avión para el despegue y hasta en cuatro ocasiones no utilizó de forma correcta las listas de comprobación que hubieran permitido advertir la incorrecta posición de los slats/flats, por lo que sus omisiones fueron causa del siniestro".

"Merece la pena ir a los tribunales"

Para Vasques, esta sentencia ha demostrado que, para las víctimas del accidente de Spanair, "merece la pena ir a los tribunales"y no conformarse con la indemnización extrajudicial que ofrece la aseguradora. De hecho, denuncia que "la estrategia de la aseguradora ha sido dilatar el proceso todo lo que han podido para que la gente ceda y acepte la indemnización que les ofrecen. A pesar de que la sentencia significar un avance, Vasques consultará con la familia la posibilidad de recurrir la sentencia porque la considera insuficiente. "Represento a dos familias, una de Barcelona y otra de Las Palmas e interpusimos la denuncia de Las Palmas un año antes que la de Barcelona. Quizás el juez que lleva el caso en Canarias sea valiente y aumente las indemnizaciones, lo que nos serviría para poder recurrir esta sentencia", indicó. Así, argumentó que el juez no ha previsto en la indemnización el shock y la incertidumbre que provoca tener un accidente en el medio de transporte más seguro que existe. Detrás hay grupos económicos muy importantes y hay fuertes presiones. La estrategia de Mapfre ha sido desesperar a las familias con el tiempo, pero con esta sentencia el juez ha lanzado un mensaje a las familias cuyos procesos están paralizados para que no acepten las condiciones de la aseguradora y sigan adelante con los procesos", concluyó.

En opinión del abogado, en esta situación de espera se encuentra más de la mitad de las personas que viajaban en el JK5022 siniestrado o sus familiares, a pesar de que el pasado mes de noviembre Mapfre asegurara que ya había alcanzado acuerdos extrajudiciales con el 55 por ciento de las 154 víctimas mortales, con una cantidad desembolsada cercana a los 24 millones de euros. En ese momento, el director general de Mapfre Global Risks, Alfredo Arán, señaló en un comunicado que "la prioridad absoluta de la compañía siempre ha sido agilizar al máximo el pago de las correspondientes indemnizaciones a todos los supervivientes y familiares de los fallecidos ya que lamentablemente no podemos evitar lo sucedido".

Tras esta sentencia, Mapfre también está analizando la decisión judicial pero fuentes de la compañía han señalado a Efe que el fallo confirma que el baremo establecido para accidentes de automóvil es el correcto para fijar las indemnizaciones por el siniestro de Spanair. En opinión de Mapfre, ese es el mismo principio que se fijó en la sentencia que indemnizó a la familia de una azafata fallecida en el siniestro -por la vía de lo social- y el que la aseguradora ha empleado para indemnizar, mediante acuerdo extrajudicial, a más de la mitad de las víctimas del accidente.