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Una casilla esperada desde 2009

Una casilla esperada desde 2009
Una casilla esperada desde 2009larazon

Hace casi seis años se aprobó el Real Decreto 1851/2009. Este documento identificaba las discapacidades por las cuales una persona puede pedir la jubilación anticipada si cuenta con un grado de discapacidad igual o superior al 45 por ciento. Entre ellas, se encontraban la parálisis cerebral, anomalías genéticas... y anomalías congénitas secundarias por talidomida. El texto reconocía que «todas ellas son discapacidades en las que concurren evidencias que determinan de forma generalizada y apreciable una reducción de la esperanza de vida y que podrán dar lugar a la anticipación de la edad de jubilación a los 56 años».

Sin embargo, como explica el abogado de Avite, «no aparecía la casilla en el documento que hay que rellenar informativamente para los talidomídicos». Así,

Ignacio Martínez asegura que el pasado 15 de junio, «la Dirección General de Servicios Sociales nos mandó una carta en la que nos explicaban que desde la Dirección General del Imserso se había acordado incluir el código correspondiente en todas las Consejerías de Asuntos Sociales de las comunidades autónomas y que estaban trabajando en ello para su pronta inclusión».

Éste era un trámite bastante más importante de lo que a priori pudiera parecer. Y es que, aunque en el baremo de valoración para el reconocimiento se dispone de criterios para evaluar el grado de discapacidad por las secuelas de la talidomida, y de facto esté admitida como enfermedad, el no figurar textualmente la palabra talidomida les continuaba manteniendo en el silencio que siempre han denunciado. Un buen gesto, fácil de hacer, para los afectados de este síndorme malformativo congénido debido a la talidomida.