Viajar
¿Cuál es la diferencia entre una embajada y un consulado? ¿Y cómo pueden ayudarnos?
Ambas son representaciones diplomáticas de un país en el extranjero, aunque cada una de ellas desempeña funciones diferentes:
Ahora que muchos de nuestros lectores nos acompañan desde el extranjero, parece un buen momento para recordarles qué recursos y ayudas pueden brindarles las representaciones diplomáticas que España tiene a lo largo y ancho del mundo. Y es que, cualquier viajero responsable tiene perfectamente localizada la embajada y el consulado más cercano... porque pueden ser de vital importancia llegado el momento.
Al ser delegadas y vocales de un país, ambas instituciones gozan de la autoridad y de la protección que les otorga el Derecho Internacional. Sin embargo, y por muy grandes que sean sus poderes, no son ilimitados… y no pueden solucionar cualquier problema al que nos enfrentemos. Por eso, es importante que sepamos a qué debemos atenernos antes de contar con su asistencia:
¿Cuáles son los poderes de las embajadas y de los consulados?
Las embajadas y los consulados son las representaciones diplomáticas que un país tiene en el interior del territorio de otro estado. Cada una de ellas tiene un grado de importancia diferente y, por lo tanto, no pueden desempeñar las mismas funciones:
La embajada es la máxima representación de un país en el territorio de otra nación soberana. Es una delegación permanente que vela porque las relaciones económicas, políticas y comerciales entre ambos estados se mantenga cordial y fructífera. Esencialmente, una embajada es un puente entre las autoridades locales y las de la nación representada. Embajada hay una sola y -en la mayoría de los casos- suele estar en la capital. Sin embargo, esto no es así con los consulados; porque suele haber varios... y suelen estar repartidos en varios puntos del país.
Los consulados tienen un rango menor. A diferencia de lo que ocurre con la Embajada, cuyo objetivo es hacer de enlace o de puente entre las autoridades de ambos países; los consulados tienen la función de atender a los compatriotas que se encuentran en este país extranjero. Ahora bien, dentro del edificio de la Embajada también se cuenta con una “sección consular”, que ofrece los servicios que ofrecería cualquier consulado. Por lo que -en caso de necesidad- podemos acudir a ambos organismos indistintamente.
¿En qué te pueden ayudar?
Cuando estamos de viaje en el extranjero y tenemos cualquier tipo de problema, podemos sentirnos realmente “desnudos”. Y por eso es importante contar con el respaldo de los nuestros. España dispone de 215 embajadas y consulados repartidos por todo el mundo, que están preparados para:
- Expedir pasaportes o salvoconductos en caso de extravío, sustracción o caducidad
- Si las autoridades locales te detienen por cualquier motivo, tienes derecho a que se te ponga en contacto con el cónsul de tu país, a que tus compatriotas sirvan de enlace con tu familia y a que te visiten periódicamente para vigilar que estás siendo tratado de acuerdo a los convenios internacionales. Ahora bien, esto no significa que puedan interceder por ti en cualquier procedimiento legal (salvo en casos excepcionales) y no pueden garantizarte un trato mejor que el que reciben los locales.
- Ofrecerte información sobre los servicios médicos, educativos y legales del país en el que te encuentres. Ahora bien, esto no significa que el consulado pueda hacer las veces de agencia de viajes. No están ahí ni para recomendarte destinos turísticos, ni para contratar habitaciones de hotel o billetes de avión.
- Si un ser querido fallece en el país en cuestión, el consulado puede asesorarte acerca de los trámites necesarios para devolver sus restos a España.
- Adelantarte dinero. Esto es algo sumamente excepcional, pero en caso de una repatriación el consulado puede prestarte fondos que luego deberás devolver al Tesoro Público según los plazos que marcan la ley.
- Prestar servicios de Registro Civil, notariales, de legalización de documentos o de remisión de comunicaciones e instancias a organismos españoles.
- Asistencia en caso de que haya sido usted víctima de un delito violento, de un accidente, de un secuestro, de un robo, de una catástrofe, si algún familiar ha desaparecido, etc.
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