Copa del Rey

F.C. Barcelona

Un juez dice ahora que la exhibición de esteladas «afecta a la seguridad»

Reprocha al Barcelona que «tome partido» en una «controversia política» y genere «más polémica o tensión» en la final de Copa

Un juez dice ahora que la exhibición de esteladas «afecta a la seguridad»
Un juez dice ahora que la exhibición de esteladas «afecta a la seguridad»larazon

El titular del juzgado de lo contencioso 15 de Madrid ha inadmitido el recurso del FC Barcelona contra la prohibición de las esteladas y ha reprochado al club haber tomado partido en una "controversia política"y generar "tensión"en un encuentro como este.

El acceso de aficionados con esteladas a la final de la Copa del Rey que se jugará hoy en el estadio Vicente Calderón «afecta de manera esencial y directa a la seguridad de los numerosísimos asistentes y, en general, al orden público». El titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 15 de Madrid se ha alineado con la Delegación del Gobierno y, al contrario que su compañero del Juzgado número 11 –que el pasado viernes avaló la entrada de las banderas independentistas en la final de Copa–, considera «de todo punto necesario» ese dispositivo «en aras a mantener el orden público y la seguridad de todos, al igual que ocurre en otras muchas actividades o facetas de la vida».

El magistrado Eusebio Grijalvo se pronuncia así en la resolución en la que rechaza la pretensión del Fútbol Club Barcelona de suspender la orden de la Delegación del Gobierno. Y lo hace con dos argumentos fundamentales. En primer lugar, porque «no se ha probado que la Delegación del Gobierno en Madrid haya dictado resolución expresa, ni tampoco verbal, que prohiba la entrada en el campo de fútbol a personas que porten esteladas». Es decir, si no existe un acto o actuación administrativa no se puede plantear recurso contencioso alguno. Y, en segundo lugar, el juez niega al club azulgrana legitimidad para plantear ese recurso, dado que el derecho a la libertad de expresión –que la entidad consideraba vulnerado de mantenerse la prohibición– sólo puede ser ejercido por personas físicas, y no jurídicas, como es el caso del Fútbol Club Barcelona «en cuanto asociación deportiva de naturaleza privada».

La inadmisión del recurso no tiene efectos prácticos, pues se produce horas después de que otro juez haya suspendido cautelarmente la orden de la Delegación del Gobierno, permitiendo así la entrada de esteladas al campo. Sin embargo, eso no es óbice para que el magistrado reproche al Barcelona su actuación ante un encuentro calificado, recuerda, de alto riesgo. «No debería tomar partido por una u otra posición o controversia política, pues al hacerlo así está, no sólo generando más polémica o tensión» de la que, ya de por sí, acompaña a un evento de esta magnitud, sino que se aparta de las finalidades que sus estatutos le reconocen como club deportivo, «entre las que no se encuentra recogida precisamente la difusión de ideas o pronunciamientos políticos».

«Debería –añade– abstenerse de hacer reclamaciones judiciales en favor de uno u otro signo y mantener una postura neutral que ayude a hacer más eficaces las medidas de seguridad» acordadas para el evento por quienes «tienen la obligación de garantizar el orden público». De no hacerlo, se queja, «pierde la neutralidad» y puede llegar a «inmiscuirse» en cuestiones de seguridad que el club azulgrana «también debe acatar», incurriendo incluso, en una abuso de derecho y en un «fraude procesal».

No es un símbolo del club

Y es que para el titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 15 de Madrid «no parece muy razonable» pretender que los tribunales «interfieran» en un dispositivo de seguridad imponiendo a sus responsables «cuál ha de ser la actuación a seguir en momentos previos, simultáneos y posteriores al partido», cuando «sólo a ellos», recalca, «les corresponde la decisión». No es ésa, recalca el juez, la finalidad de los juzgados de lo contencioso.

Tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado se habían opuesto a la pretensión del Barcelona. Los Servicios Jurídicos del Estado defendieron que no concurre en el Barcelona «ningún interés legítimo», pues ni la entidad azulgrana es la destinataria de la medida ni la estelada es «un símbolo del club» o está vinculada al mismo «directa o indirectamente».

El titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 11 de Madrid acordó el pasado viernes suspender cautelarmente la orden de la Delegación del Gobierno –aceptando un recurso de la asociación Dret– porque las esteladas no incitan a la violencia y su exhibición está amparada por la libertad ideológica, por lo que impedir su entrada al campo ocasionaría un «daño irreparable».