Nuestra Constitución regula (Artº 116) los estados de alarma, excepción y sitio. Conocemos bien el primero de ellos incrustado en nuestra vida desde marzo, con derivadas políticas y judiciales complejas a consecuencia del punto 116. 6 : «La declaración de los estados, no modificarán el principio de responsabilidad del Gobierno y de sus agentes reconocidos en la Constitución y en...
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