Fraude fiscal

Las sentencias fiscales no se publicarán si el defraudador repara el daño

La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría y la ministra de Empleo, Fátima Báñez, durante la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros
La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría y la ministra de Empleo, Fátima Báñez, durante la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministroslarazon

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy la remisión a las Cortes del proyecto de ley orgánica que permite la publicación de sentencias firmes de defraudadores fiscales y que presenta como novedad que el condenado podrá evitar esa publicidad si repara el daño causado. En la conferencia posterior al Consejo, la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha destacado que el texto será enviado a las Cortes para su tramitación en paralelo con la Ley General Tributaria, informa Efe.

La vicepresidenta ha incidido en que se respetarán los derechos fundamentales del honor de los afectados y ha señalado que el pasado año hubo 343 procesos penales por delitos contra la Hacienda pública.

Asimismo, ha recalcado que el anteproyecto prevé que sea el secretario judicial quien certifique las sentencias firmes para su publicación, aunque no en su totalidad, en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La vicepresidenta ha explicado que el Ejecutivo ha estudiado los diferentes informes que se han emitido sobre la retroactividad de la publicación de las sentencias y el carácter penal o no de una medida de esta naturaleza, sobre la que hay distintos criterios según las instituciones.

A este respecto, ha subrayado que el Gobierno comparte la teoría del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de que no es una pena, "igual que no lo son algunas sanciones de ámbito económico que deben publicarse y que no se consideran normas restrictivas".

Sáenz de Santamaría ha subrayado que el Gobierno ha optado por una retroactividad "media", que prevé que se publiquen las sentencias que sean firmes una vez que haya entrado en vigor la ley, aunque los hechos se hayan cometido antes.

En este sentido, ha asegurado que el tiempo medio de tramitación de una sentencia desde que es registrada la denuncia por la Agencia Tributaria hasta que es firme, en 2014 y lo que ha transcurrido en 2015, ha sido de 2.331 días.

La reseña del Consejo recalca que el Gobierno no busca someter al defraudador a un castigo adicional a la pena que se le pueda imponer, sino que busca mayor eficacia y transparencia en la actuación tributaria y en la lucha contra el fraude, de manera que todo ciudadano sepa que sus datos estarán a disposición del público si no cumple con sus obligaciones fiscales y es condenado por ello.

El Ejecutivo afirma que la ley tiene carácter procesal, en busca del interés público, y no sancionador.

Las sentencias condenatorias que incluye la ley son las relacionadas con delitos contra la Hacienda pública, de insolvencia punible y delitos de contrabando, en los casos en que resulte perjudicado el erario.