El desafío independentista

Un escollo insalvable

Análisis

La Razón
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La convocatoria de un referéndum independentista en Cataluña tiene ante sí un escollo insalvable, que nada tiene que ver con la voluntad política: la propia Constitución. El TC lo ha dejado claro: la convocatoria de un referéndum en Cataluña en el que se consulte al pueblo catalán si quiere independizarse del resto de España no cabe en nuestra Carta Magna. En primer lugar, porque semejante pretensión afecta directamente a la unidad de la Nación Española, cuyo carácter indisoluble consagra el artículo 2 de la Constitución.

Además, la iniciativa independentista supone el reconocimiento de la soberanía del pueblo catalán para decidir sobre una cuestión que afecta al conjunto del pueblo español, un paso que choca frontalmente con el artículo 1,2 del texto constitucional, que no deja lugar a dudas: «La soberanía nacional reside en el pueblo español».

Para reconocer la soberanía del pueblo de Cataluña sería necesaria una reforma de la Constitución, siguiendo el cauce que estipula la propia Carta Magna en su artículo 168: mayoría de dos tercios en ambas cámaras y disolución inmediata de las Cortes.

Conviene recordar –sobre todo a cuenta de la escalada de insumisión constitucional promovida desde las propias instituciones catalanas– que el artículo 9 de la Carta Magna establece que tanto los ciudadanos como los poderes públicos «están sujetos a la Constitución».

Por si fuera poco, incluso la convocatoria de un referéndum invade las competencias estatales, pues el TC ya recordó en 2015 a la Generalitat que no puede convocar referendos de carácter general.