Despidos

El Supremo ratifica la legalidad del ERE de Zoido en Mercasevilla de 2013

Desestima «todos los motivos» argumentados por el comité de empresa en su recurso

La liberalización de la lonja supuso el despido de 129 trabajadores y el tercer ERE que sufría la plantilla en diez años
La liberalización de la lonja supuso el despido de 129 trabajadores y el tercer ERE que sufría la plantilla en diez añoslarazon

Desestima «todos los motivos» argumentados por el comité de empresa en su recurso.

La sociedad mixta Mercasevilla ha estado vinculada a la corrupción durante años. El escándalo de los ERE fraudulentos tuvo su epicentro en el mercado de abastos de la capital hispalense, pero su gestión estuvo cuestionada por otras causas que aún hoy siguen en los juzgados, incluyendo dos expedientes de regulación de empleo, en 2003 y 2007, con irregularidades. Tras su llegada a la Alcaldía en 2011, uno de los objetivos de Juan Ignacio Zoido fue «limpiar» el nombre de la empresa, despejar dudas sobre su funcionamiento y hacerla viable. De ahí la relevancia del pronunciamiento del Tribunal Supremo conocido ayer y que ratifica la legalidad del despido colectivo de 129 trabajadores (y 20 días de indemnización por año) ejecutado por el popular en 2013. Han tenido que pasar tres años para que sea firme la sentencia ya dictada por el TSJA en marzo de 2014, que desestima «todos los motivos» argumentados en el recurso de casación por parte del comité de empresa, representados por su presidente, Rafael Domínguez, entre los que destacaba que los servicios prestados constituyen un servicio público de obligada prestación por el Ayuntamiento, aunque sea deficitario.

La Sala de lo Social cita su doctrina, expresada en sentencia de 18 de febrero de 2014, en la que en relación con otras empresas mercantiles del sector público subvencionadas por una diputación, dice que el hecho de que tradicional e históricamente hiciera frente al déficit por vía de subvención «no es una norma jurídica invocable ni tampoco es una decisión petrificada en el tiempo e inamovible», sino que es una manifestación de la voluntad colegiada del órgano susceptible de ser sustituida por otra, de modo que «no existe un derecho perpetuo y fijo de que ese déficit... se deba absorber año tras año, con cargo al presupuesto».

La sentencia indica que la rentabilidad de Mercasevilla era en 2010 de -345%, de -161% en 2011 y de -147,6% en 2012, con previsiones aún peores para 2013, como reflejó el informe del perito presentado por el comité de empresa, al afirmar que dicha empresa se encuentra en una situación económica financiera muy delicada debido a una gestión deficiente a tenor de sus consecuencias incluso penales, con un nivel de endeudamiento muy elevado. En resumen, añade la Sala, el informe dice que «el análisis de la capacidad económica demuestra que la explotación de las distintas actividades que lleva a cabo no genera resultados positivos», a lo que hay que unir que «las fianzas depositadas por mayoristas y minoristas para poder vender y comprar en Mercasevilla serán devueltas cuando el empresario deje de comercializar con Mercasevilla» y que «la empresa tiene dificultades para generar recursos positivos y/o suficientes para el desarrollo de su actividad».

El comité de empresa no da «la batalla por perdida» y estudia recurrir al Constitucional una liberalización que en su día el Gobierno de Zoido trató de justificar argumentando un mandato de la UE, aunque un dictamen de la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo dijo lo contrario.

El ex presidente de Mercasevilla y concejal del PP, Gregorio Serrano, agradeció que el TS les «dé de nuevo la razón» y recordó que el plan de viabilidad fue el que permitió «salvar, sanear y consolidar» una empresa que era víctima del «descontrol» y «saqueo» de fondos.