Convenios colectivos

El Tribunal Administrativo avala ofertas que vulneran el convenio laboral

En una resolución admite un coste de 10,22 euros la hora de trabajo, pero acepta que las licitadoras paguen por debajo. Sindicatos y empresas cumplidoras ven la puerta abierta a nuevas impugnaciones

La consejera de educación, Adelaida de la Calle
La consejera de educación, Adelaida de la Callelarazon

En una resolución admite un coste de 10,22 euros la hora de trabajo, pero acepta que las licitadoras paguen por debajo. Sindicatos y empresas cumplidoras ven la puerta abierta a nuevas impugnaciones

La Junta de Andalucía lleva años mirando hacia otro lado. A la Administración no le preocupa que con dinero público terceras empresas mal paguen a sus profesionales. En el caso de los servicios educativos externalizados, como el del personal de comedor escolar, cuentan además desde ahora con una sorprendente resolución del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales, que llega a avalar ofertas que incumplen el convenio laboral del sector. Una decisión que abre la puerta a sindicatos y empresas cumplidoras a realizar impugnaciones y, llegado el caso, acudir directamente a los tribunales.

La precaria situación de los monitores, denunciada por este diario, suma otro triste capítulo. El recurso especial en materia de contratación interpuesto por la Asociación Andaluza de Empresas Educativas, Culturales y de Ocio (Aaeeco), solicitando la nulidad del procedimiento en la Delegación de Córdoba por no cubrir el presupuesto base los costes del servicio, ha sido desestimado por el Tribunal al entender que «no queda acreditada la insuficiencia en la determinación del precio» que alega esta patronal.

La adjudicación de este contrato, que supera los 700.000 euros, había quedado suspendida, como todavía permanece en la provincia de Almería por el mismo motivo. Aaeeco mantenía que el precio/hora de trabajo de monitor fijado por la Junta andaluza en Córdoba (10,90€euros) resulta insuficiente para cubrir los gastos de ejecución del contrato. La Junta obvia el II Convenio colectivo marco estatal de ocio educativo y animación sociocultural, reconocido por la comisión paritaria, y la aplicación del resto de costes para garantizar la calidad del servicio. En función del mismo, según Aaeeco, el coste laboral de una hora se eleva a 10,38 euros. A los que suma gastos en uniformes, formación, póliza de seguros, coordinación y el margen industrial, que llevan a un precio de 12,74 euros. Por todo ello solicita la nulidad de la licitación.

La Junta, que hasta este momento había eludido cualquier pronunciamiento al respecto, sorprende con sus alegaciones. Así, dice tomar de referencia los contratos del año anterior, y recuerda que hasta diez entidades ofertaron un precio inferior, entre 7,83 euros y 9,81 euros la hora, «sin que se produjera incidencia alguna» (las protestas del colectivo han sido habituales). La Administración alega no estar vinculada al convenio referido y que «no puede conocer los costes laborales de cada servicio que contrata». Según su interpretación, siguiendo el convenio referido, y aceptándolo por tanto, la hora de trabajo del monitor se reduce a 9,61 euros y no contempla ni la formación ni la coordinación ni la póliza de seguro que exige a las empresas, entre otros gastos susceptibles de ser incluidos en el presupuesto base de licitación. Dice textualmente la Administración que «no se encuentra vinculada por las tablas salariales fijadas por el convenio colectivo» y niega que el personal necesite formación al estar prevista la subrogación, algo que Aaeeco niega al «no existir relación del personal y las empresas no saben quién está formado y quién no».

Si llamativas son las alegaciones de la Consejería de Educación, las consideraciones del Tribunal terminan siendo contradictorias. Explica en su resolución que si bien los gastos de aplicación del convenio y relativos a la seguridad social han de estar «comprendidos indefectiblemente» en el presupuesto de licitación, el resto de gastos tendrán una «gran variabilidad» en función de la empresa, negando entre éstos la coordinación y sentenciando que los gastos generales y el margen industrial variarán en función de la licitadora. El Tribunal destaca que 11 empresas han ofertado sin alegar al recurso y avanza que ha procedido al cálculo de la oferta media presentada que arroja un resultado de 9,42 euros/hora lo que, a su juicio, «corrobora» que el precio fijado por Educación fue «suficiente». Es decir, y he aquí la incongruencia, asegura que el convenio es de obligado cumplimiento y al mismo tiempo da validez a ofertas que lo incumplen y sin garantías.

17.516 empleos precarios mantenidos por la agencia de educación

La situación del personal que atiende los comedores escolares públicos en Córdoba se puede aplicar a toda Andalucía. Hay más de 3.000 profesionales, la mayoría mujeres, perjudicadas por esta nefasta gestión, que salpica en realidad a todos los servicios complementarios educativos (aula matinal, acompañamiento escolar, monitores de apoyo...). Según un informe de la Federación de Enseñanza de CC OO, se contabilizan 17.516 empleos precarios sostenidos por licitaciones de la Agencia Andaluza Pública de Educación, con sueldos de 160, 195 o 270 euros al mes. «Estos son los empleos de la Junta», esgrime Marina Borrego, responsable de personal laboral y servicios complementarios del sindicato, que se pregunta dónde están las famosas cláusulas sociales de la Administración. «Las empresas hacen barbaridades y las continuas denuncias bloquean nuestro servicio jurídico. Una de ellas se niega a pagar en Navidad porque dice que la Junta no le paga ese periodo. Es habitual que la trabajadora, si falta, no cobre; además, ha de buscar una sustituta a la que abona después el día ( a 4 euros/hora), sin estar asegurada. Ni las empresas saben en manos de quien dejan a nuestros hijos. Lo asumen y la Junta mira a otro lado», explica Borrego. Ni siquiera es excepcional que las empresas hagan firmar un descuelgue del convenio.