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Bono social eléctrico: así se puede solicitar el nuevo descuento del 40% en la factura de la luz

Se ha creado una nueva categoría para consumidores que ganen hasta 28.000 euros al año. A estos nuevos beneficiarios del bono social eléctrico también se les concederá el bono térmico automáticamente

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El martes 18 de octubre el Consejo de Ministros aprobó el real decreto ley que recoge las nuevas medidas del Gobierno para rebajar la factura de la luz y del gas de los hogares españoles. Entre las medidas aprobadas, destaca la creación de una nueva categoría de consumidores de “bajos ingresos” con derecho a un descuento del 40% en sus facturas eléctricas, una medida que beneficiará a 1,5 millones de hogares. Esta nueva categoría de bono social eléctrico, llamado “bono de justicia energética”, tendrá carácter temporal y abarcará hasta finales de 2023.

Estos nuevos beneficiarios del bono social eléctrico también tendrán acceso al bono social térmico, hasta ahora reservado para consumidores vulnerables y extremadamente vulnerable. Esta ayuda se concede automáticamente a aquellos que reciben el bono eléctrico, por lo que los nuevos beneficiarios no tendrán que preocuparse por hacer ningún trámite adicional. Además, el paquete de medidas para amortiguar la subida del precio de la luz y el gas también contempla que el bono social térmico crezca desde la horquilla de 35 euros a 350 euros al año (según la zona climática del beneficiario) hasta la horquilla de 40 euros a 375 euros al año.

Límite de ingresos para acceder a este nuevo descuento en 2022 y 2023

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha calculado los límites de ingresos anuales a los que están sujetos los beneficiarios de este nuevo descuento. Podrán recibirlo todos los hogares cuya renta se sitúe entre 1,5 y dos veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem) de 14 pagas, que en 2022 es de 8.106,28 euros y en 2023 ascenderá a 8.400 euros, con los multiplicadores aplicados al bono social convencional. En concreto, cuando la unidad de convivencia esté formada por más de una persona, el multiplicador de renta respecto al índice Iprem de 14 pagas se incrementará en 0,3 por cada miembro adicional mayor de edad que conforme la unidad de convivencia y 0,5 por cada menor de edad de la unidad de convivencia.

En 2022, podrán acceder a esta nueva categoría del bono:

-Un adulto que gane hasta 16.212,60 euros al año.

-Un adulto y un menor con ingresos de hasta 24.318,80 euros.

-Dos adultos que vivan juntos y ganen entre los dos hasta 18.644,40 euros al año.

-Dos adultos y un menor con ingresos de hasta 22.697,60 euros.

-Un núcleo familiar con dos adultos y dos menores o más cuya renta conjunta no supere los 26.750,70 euros.

En 2023, con el incremento del IPREM, podrán acceder a esta nueva categoría del bono:

-Un adulto que gane hasta 16.800 euros al año.

-Un adulto y un menor con ingresos de hasta 25.200 euros.

-Dos adultos que vivan juntos y ganen entre los dos hasta 19.320 euros al año.

-Dos adultos y un menor con ingresos de hasta 23.520 euros.

-Un núcleo familiar con dos adultos y dos menores o máscuya renta conjunta no supere los 27.720 euros.

Umbrales para acceder a la nueva categoría del bono social eléctrico
Umbrales para acceder a la nueva categoría del bono social eléctricoMiteco

También se han aumentado los descuentos del bono social preexistente, de modo que para los consumidores vulnerables pasa del 60% al 65%, mientras que para los consumidores vulnerables severos pasa del 70% al 80%. Y el volumen de energía anual sujeta al descuento se incrementa un 15%, hasta los 1.587 kWh en una unidad de convivencia de una o dos personas y hasta los 4.761 kWh en una unidad de cinco o más.

Requisitos

Además de no sobrepasar los umbrales de renta marcados por el IPREM, para acceder a la nueva categoría del bono social eléctrico, los solicitantes deben tener contratada la tarifa regulada de la luz, también conocida como PVPC, contar con una potencia eléctrica contratada igual o inferior a 10 kW y solicitar esta ayuda para su vivienda habitual, ya que no se concede para segundas residencias. La ministra de Transición Ecológica matizó que se tendrán en cuenta “algunas modulaciones” como se hace con carácter general en este tipo de ayudas para las personas que sean víctimas de violencia doméstica o que tengan alguna discapacidad.

Documentos necesarios y vías para solicitar el bono social eléctrico

Las encargadas de gestionar las solicitudes del bono social eléctrico son las comercializadoras de referencias. Estas son: Endesa, Curenergía (Iberdrola), Gas & Power (Naturgy), Baser (EDP), Régsiti (Repsol), COR Energético, Teramelcor y Energía Ceuta XXI (Endesa).

El formulario de solicitud estará disponible en la página web de cada comercializadora, así como en sus oficinas de atención presencial al consumidor, cuando estas existan. Para acceder a este nuevo descuento del 40% en la factura eléctrica, hay que aportar a la compañía una serie de documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos para acceder a esta ayuda:

  • Formulario de solicitud.
  • DNI del titular del contrato, que es quien solicita la ayuda.
  • DNI de los menores que tengan más de 14 años, si se da esa condición.
  • Certificado de empadronamiento en la vivienda de todos los miembros de la unidad familiar.
  • Libro de familia.
  • Declaración de la Renta.
  • Título de Familia Numerosa, si existe esta condición.
  • Certificado expedido por la Seguridad Social si se percibe una pensión mínima
  • Certificado de los servicios sociales cuando se apliquen situaciones especiales, como discapacidad o ser víctima de violencia de género o terrorismo.

La solicitud se puede realizar ante el comercializador de referencia por las siguientes vías:

  • Por teléfono, a través del número disponible en la página web de la comercializadora de referencia. Este número se encuentra también publicado en la página web de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencial.
  • En las oficinas de la comercializadora de referencia, cuando existan.
  • Por fax o a través de la dirección de correo electrónico que comunique la comercializadora de referencia en su página web y en su factura.
  • Por correo postal en la dirección que comunique la comercializadora en su página web y en su factura.
  • A través de la página web de la comercializadora de referencia.