Sueldos
Este es el salario de un conductor de autobús en España en 2026
Puede variar dependiendo de las horas y del turno del autobusero. El de las empresas públicas viene regulado por convenio
El transporte público es un servicio básico en España. Multitud de personas tienen que viajar diariamente en España por trabajo, ya sea en largas distancias o por su ciudad. A esta cantidad de gente hay que sumar los estudiantes, muchos todavía sin vehículo propio o sin posibilidad de utilizarlo. El transporte ferroviario es una de las opciones principales, pero hay en lugares en los que la única opción es el transporte por carretera mediante el autobús.
Aquí emerge la figura del autobusero, un trabajo completamente esencial sin el que la economía se paralizaría. No es un trabajo sencillo al tener que estar una gran cantidad de horas en alerta constante en la carretera y en ocasiones también tener que aguantar quejas injustas o no correspondientes e incluso comportamientos incívicos que están completamente fuera de lugar. La gran duda está en saber si realmente compensa el trabajo con el salario recibido.
Cuánto cobra un autobusero
No existe un salario universal en España para los autobuseros. Todo depende de la empresa en la que trabaje, ya sea pública o privada. Un trabajador del gremio desveló el sueldo medio que se suele ganar en el sector, explicando la clave: "Depende de las horas". Explicó la franja en la que se mueven los sueldos de estos conductores: "1.500 como mínimo. Sí, de 1.400 a 1.500, las horas mínimas del convenio, diría que es eso".
También explicó lo máximo que se puede alcanzar: "Puedes tirar a 3.000 muy bien. Haciendo bastantes horas en el bus, puedes llegar y tranquilamente. Y como te tires a hacer viajes por ahí...". La gran diferencia está en las horas de trabajo, además de los días festivos. Estas jornadas se pagan de manera especial. Los salarios en las empresas públicas de transporte como la Empresa Municipal de Transportes de Madrid (EMT Madrid) son públicos y se pueden consultar.
Este es el salario de un conductor de la EMT
El salario de los trabajadores de EMT Madrid depende del convenio colectivo 2024-2027 del sector. Se presentó en enero de 2025 y detalla que los conductores de autobús pertenecen al grupo III, subgrupo B tienen un sueldo mensual de 2.034,90 euros brutos. También cuentan con la llamada 'paga de marzo', una retribución que, según explica el convenio, fue creada por el convenio de 1990-91 y en ya ascendió 2025 asciende a 2.325 euros.
No es su única paga adicional ya que trabajar el fin de semana también tiene premio. Cada sábado trabajado son 18 euros adicionales y 44 cada domingo. También cuentan con una prima anual de 2.081,20 euros. También hay otros condicionantes como el traslado a otro Centro de Operaciones, que supone 14,34 euros adicionales. El cambio de turno obligado o el turno partido también tienen bonificaciones adicionales.
Qué se necesita para ser conductor de autobús
Ser conductor profesional en una compañía de transporte exige combinar formación reglada, condiciones médicas y aptitudes prácticas y personales. Las convocatorias y requisitos para las plazas de las empresas públicas, como la mencionada anteriormente, pueden ser consultadas por cualquier persona. Hay una serie de condiciones básicas que se deben cumplir. Son las siguientes:
- Permiso de conducción clase D: Muchas convocatorias también exigen una antigüedad mínima del permiso. Puede ser seis meses o un año, según la convocatoria.
- Certificado de Aptitud Profesional (CAP) de viajeros en vigor: Es la cualificación que habilita para el transporte profesional de personas. El CAP tiene modalidades y exige formación inicial y formación continua periódica.
- Estado del permiso de conducir: Algunas bases exigen un saldo mínimo de puntos, habitualmente 10 puntos, y ausencia de inhabilitaciones administrativas.
- Reconocimiento médico oficial y pruebas psicotécnicas: Deben acreditar aptitud psicofísica para conducción profesional.
- Titulación mínima: En las convocatorias públicas suele pedirse al menos la ESO o equivalente; en caso de títulos extranjeros, su homologación/traducción oficial.
- Permiso de trabajo/residencia: Hay que ser español, ciudadano de la UE o extranjero con permiso en vigor, según la convocatoria.