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SEPE
El SEPE permite compatibilizar el paro con un trabajo a tiempo completo: así funciona el nuevo complemento
Antes de esta reforma, tanto la prestación contributiva como el subsidio por desempleo solo podían combinarse con empleos a media jornada

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha introducido el Complemento de Apoyo al Empleo (CAE) dentro de la reforma asistencial, un mecanismo que permite a los desempleados combinar el paro o el subsidio con un trabajo por cuenta ajena. La medida afecta a todas las prestaciones concedidas a partir del 1 de noviembre de 2024, pero hay varios detalles clave que conviene conocer para evitar problemas.
Compatibilidad con trabajos a tiempo completo
Antes de esta reforma, tanto la prestación contributiva como el subsidio por desempleo solo podían combinarse con empleos a media jornada. Con el nuevo CAE, ahora es posible compatibilizarlo con un trabajo a jornada completa, siempre que se cumpla un límite de salario bruto mensual de 2.225 euros (31.500 euros anuales en 14 pagas), es decir, el 375 % del IPREM.
En el caso del subsidio, la cuantía inicial de 480 euros se ajusta según el trimestre en que se perciba la ayuda, con un mínimo de 30 euros y un máximo de 180 días de compatibilización por cada empleo. Para jornadas completas, la cifra mínima puede llegar a 120 euros, mientras que para media jornada será de 90 euros. Es importante recordar que este tiempo se descuenta del derecho total al subsidio.
El SEPE aclara que las rentas generadas por el empleo no se computarán para prórrogas o reanudaciones del subsidio. No obstante, si no se cumplen los requisitos de carencia de rentas o de cargas familiares, se podrá solicitar una prórroga en los seis meses posteriores. “Los días que percibas como complemento de apoyo al empleo se consumirán de la duración de tu subsidio, con independencia de la cuantía abonada”, señalan desde el organismo.
Los beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años ya podían compatibilizar la ayuda con un trabajo a tiempo completo antes de la reforma, siempre que el empleo durase más de tres meses y no superase el 75 % del SMI, manteniendo la justificación de cargas familiares cuando correspondiera.
Incompatibilidades que debes tener en cuenta
- El CAE y las prestaciones por desempleo no se pueden combinar con:
- Trabajo por cuenta propia, aunque no implique alta en la Seguridad Social.
- Otras prestaciones contributivas de la Seguridad Social.
- Empleo en empresas con ERE vigente o en las que se haya trabajado durante los 12 meses anteriores.
- Relaciones laborales suspendidas por ERE o Mecanismo RED, ni con contrataciones que afecten a familiares directos como cónyuge, ascendientes o descendientes.
Con estas normas, el SEPE busca flexibilizar el acceso al mercado laboral mientras protege los derechos de los desempleados, facilitando la compatibilidad entre ayudas y nuevos trabajos sin perder cobertura económica.
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