Tribunales

Luz verde a la Audiencia Nacional para juzgar al abogado de Puigdemont por blanqueo en el caso de Sito Miñanco

El Tribunal Supremo la considera competente y rechaza el recurso de casación que presentó Gonzalo Boye, que pedía que se estimara la excepción de cosa juzgada

El abogado del expresidente de la Gaeneralitat de Catalunya Carles Puigdemont, Gonzalo Boye, a su llegada al Tribunal Supremo, a 8 de junio de 2023, en Madrid (España).
El abogado del expresidente de la Gaeneralitat de Catalunya Carles Puigdemont, Gonzalo Boye, a su llegada al Tribunal Supremo, a 8 de junio de 2023, en Madrid (España).Eduardo ParraEuropa Press

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado que la Audiencia Nacional es competente para juzgar al abogado Gonzalo Boye por delitos de blanqueo de capitales y falsedad documental en la misma causa en la que se juzgará a Jose Ramón Prado Bugallo, “Sito Miñanco”, y a otras 45 personas por delito de tráfico de drogas en relación con la presunta introducción en España de casi 4 toneladas de cocaína y el entramado creado para ocultar los beneficios obtenidos.

El tribunal rechaza el recurso de casación que presentó Boye contra la decisión de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional y de su Sala de Apelación de rechazar el artículo de previo pronunciamiento planteado por el procesado. Boye solicitaba que se estimara la excepción de cosa juzgada y que la Audiencia declinara su jurisdicción a favor de los juzgados de instrucción de Madrid.

En su escrito el recurrente argumentaba que la Audiencia Nacional perdió la competencia para enjuiciarle por un delito de blanqueo de capitales porque esta investigación se había tramitado mediante una pieza separada de la causa principal por delito de tráfico de drogas. Según el letrado, los dos delitos no son conexos y por consiguiente no deberían ser enjuiciados de forma conjunta.

En su sentencia, ponencia del presidente Manuel Marchena, la Sala confirma el enjuiciamiento conjunto de toda la causa e indica que “es difícil de encontrar un ejemplo más apropiado de conexidad que el que vincula al delito de blanqueo de capitales con el tráfico de drogas que constituye su precedente”.

Para la Sala, la competencia objetiva para conocer el delito principal “se extiende a los delitos conexos y, desde luego, entre los delitos imputados en la presente causa- tráfico de drogas y blanqueo de capitales- existe una relación inescindible que convierte el enjuiciamiento conjunto en una garantía para el propio acusado”.

Por todo ello la Sala concluye que la Audiencia Nacional es el tribunal competente predeterminado y señala que está integrado por magistrados sujetos al mismo estatuto de responsabilidad e inamovilidad que los adscritos a la Audiencia Provincial de Madrid.

El tribunal ha estado formado por el presidente de la Sala, Manuel Marchena, y los magistrados Juan Ramón Berdugo, Andrés Palomo, Pablo Llarena y Ángel Luis Hurtado