Bilbao

Bilbao deberá indemnizar a una mujer con 147.000 que correspondían a su hermano ya fallecido

El hombre sufrió graves lesiones tras caer al pisar una tapa de arqueta mal colocada en una calle de la ciudad

Vistas panorámicas de la ciudad vieja de Bilbao
Vistas panorámicas de la ciudad vieja de BilbaoDreamstime

La Justicia ha condenado al Ayuntamiento de Bilbao a pagar 147.170,11 euros a la hermana y heredera de un peatón que sufrió graves lesiones tras caer al pisar una tapa de arqueta mal colocada en una calle de la ciudad. El afectado, que ya ha fallecido, sufrió el accidente el 29 de marzo de 2019, y ahora será su familiar quien reciba la indemnización después de que el juzgado haya declarado la responsabilidad patrimonial del consistorio.

Según ha señalado el Diario Vasco, la sentencia estima parcialmente la demanda presentada por la hermana del fallecido, que reclamaba una cantidad superior, cercana a los 170.000 euros. El Ayuntamiento defendió que no existía relación entre su actuación y la caída, e incluso apuntó a una supuesta falta de diligencia del peatón, alegando que el defecto de la tapa era visible.

El juez, sin embargo, rechazó esa versión. Las fotografías incorporadas al expediente mostraban que la tapa estaba mal colocada en una zona de paso y suponía un riesgo evidente para cualquier persona. La resolución subraya que no se trataba de un pequeño desperfecto del pavimento, sino de un elemento levantado y desajustado que podía provocar una caída incluso al peatón más atento. El tribunal considera acreditadas tanto la caída como las lesiones mediante testigos, informes médicos y periciales.

El Ayuntamiento es responsable del mantenimiento del dominio público

El fallo recuerda que las arquetas y sus tapas forman parte del dominio público municipal, y que la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local atribuye a los ayuntamientos la competencia en materia de seguridad pública y conservación de calles, plazas y paseos. Por ello, concluye que el consistorio es responsable de los daños derivados de una conservación deficiente de estos elementos urbanos.

La sentencia, que todavía puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, insiste en que la tapa suelta constituía un riesgo objetivo y que el Ayuntamiento debía haber garantizado su correcto estado para evitar accidentes como el que sufrió el peatón, al tratarse de un riesgo objetivo para los viandantes.

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