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Sentencias

Una trabajadora le gana la partida a la Seguridad Social y logra que la justicia le reconozca una pensión vitalicia de 1500 euros por incapacidad total

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha confirmado que una auxiliar de clínica, intervenida quirúrgicamente en dos ocasiones por patologías severas de cadera, se encuentra en situación de incapacidad permanente total, un derecho que el Instituto Nacional de la Seguridad Social le había negado inicialmente

El fallo judicial, que confirma íntegramente la decisión de un juzgado de lo social de San Sebastián, describe un cuadro clínico devastador. Canva / La Razón

La historia de esta trabajadora, que ha dedicado su vida profesional al cuidado de los demás en su puesto en una conocida institución humanitaria, es la crónica de un cuerpo que dijo basta.

Comenzó con un dolor punzante en la cadera que no cesaba, el diagnóstico fue claro: coxartrosis bilateral, un desgaste articular severo en ambas caderas. En la primavera de 2023, los cirujanos le colocaron una prótesis total en la cadera izquierda.

Lejos de ser la solución definitiva, la intervención trajo consigo una complicación conocida como "efecto punta de vástago", que provocaba un dolor incapacitante. Dos años después, en mayo de 2025, tuvo que pasar de nuevo por el quirófano para un recambio del componente femoral. Mientras tanto, la cadera derecha también avanzaba hacia un deterioro irreversible.

A pesar de este complejo historial, la Seguridad Social consideró que sus dolencias no eran lo suficientemente limitantes como para impedirle desarrollar su profesión.

Fue entonces cuando la trabajadora decidió llevar su caso a los tribunales, un proceso que culminó con la sentencia número 541/2026, dictada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco el pasado 3 de marzo.

Dolencias que imposibilitan las tareas habituales

El fallo judicial, que confirma íntegramente la decisión de un juzgado de lo social de San Sebastián, describe un cuadro clínico devastador. La sentencia detalla que la mujer sufre un avanzado desgaste en ambas caderas que ha requerido dos intervenciones quirúrgicas, la última para recambiar un componente de la prótesis izquierda.

A ello se suman dolores crónicos de columna, rodillas y manos que la obligan a caminar con una muleta y a tomar medicación de forma continua. Esta combinación de patologías limita severamente su movilidad: no puede ponerse en cuclillas, subir escaleras o cargar peso sin sufrir un dolor punzante que le irradia hasta la rodilla.

La resolución judicial subraya que, si bien la incapacidad permanente total no exige que el trabajador esté completamente inmóvil, sí requiere que las lesiones le impidan desarrollar con profesionalidad las tareas fundamentales de su oficio.

En el caso de una auxiliar de clínica, esto implica la necesidad de realizar esfuerzos físicos, mantener la bipedestación durante largos periodos o movilizar a pacientes, actividades que resultan incompatibles con un cuadro de dolor crónico y limitación funcional como el descrito.

Frente al recurso presentado por la entidad gestora, que insistía en una reinterpretación de las pruebas médicas, la Sala ha sido tajante al afirmar que no se puede sustituir el criterio objetivo e imparcial del juez de instancia por el de la recurrente.

De este modo, confirma que la trabajadora tiene derecho a una pensión vitalicia equivalente al 75% de su base reguladora, fijada en 1.492,57 euros, con efectos retroactivos desde marzo de 2024.

La resolución no solo pone fin a una larga batalla judicial, sino que reconoce la realidad de una profesional a quien su estado de salud le impide seguir ejerciendo la vocación a la que dedicó su vida.