Caso ERE

Los ex consejeros Ávila, Recio y Soler no compartirán banquillo con Chaves y Griñán

La Audiencia de Sevilla frena el intento de Manos Limpias de devolverlos a la rama política del caso

Manuel Recio
Manuel Reciolarazon

La Audiencia de Sevilla frena el intento de Manos Limpias de devolverlos a la rama política del caso

Están fuera. La Audiencia Provincial de Sevilla confirmó el pasado martes el archivo decretado por el juez Álvaro Martín de lo actuado contra los ex consejeros del Gobierno andaluz Antonio Ávila, Manuel Recio y Martín Soler en la rama política del «caso ERE», esto es, la pieza que orbita en torno al procedimiento específico por el que se concedieron las ayudas investigadas en la que están encausados los ex presidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán.

La Sección Séptima del tribunal provincial rechaza en tres autos distintos, consultados por LA RAZÓN, los recursos presentados por el sindicato Manos Limpias para intentar que volvieran al proceso los exculpados. «Desde la perspectiva de que en la presente causa, desgajada de la matriz, se dilucida la posible responsabilidad de cargos públicos que hayan podido intervenir en el denominado ‘procedimiento específico’», argumenta la Audiencia en sus autos, «no se puede predicar que concurran indicios sólidos» para entender que los ex consejeros hubieran podido participar en la «creación» y el «mantenimiento» del sistema por el que «se implantó esa urdimbre jurídica».

Manos Limpias planteó al órgano provincial la existencia de una posible «coordinación de actuaciones con evidentes implicaciones presupuestarias» entre Ávila, Recio y Soler, en especial de los dos primeros, con una finalidad: «Delinquir». La Audiencia responde ahora al sindicato sin concesiones. Sostiene que el recurrente se debía referir «necesariamente» a las cuentas del ejercicio 2010 y en su caso del 2011, ya que todos ellos tomaron posesión de sus cargos en 2009.

La Sala recuerda que ya han dejado claro en varios autos ligados a esta causa que las transferencias de financiación de la Consejería de Empleo destinadas a «conceder ayudas sociolaborales y a empresas en crisis ‘contra legem’ precisamente se suprimieron en el Presupuesto del año 2010, cuya elaboración se confecciona a lo largo del año 2009». «Por lo que –añade– hay que descartar de plano la denominada ‘coordinación de actuaciones con evidentes implicaciones presupuestarias’» de los señalados con respecto a las cuentas de 2010 o de 2011.

En el caso concreto de Soler, por ejemplo, en relación al cual Manos Limpias aseveró que había tenido que asistir a las reuniones de la comisión delegada de asuntos económicos en las que se tuvo que abordar la asignación de las «ayudas sociolabores», la Audiencia niega la mayor, al señalar que esa asistencia «no se fundamenta en documento alguno». Como tampoco se sustenta en diligencia de prueba que «en esa comisión se tratara cómo utilizar las transferencias de financiación como modo de conceder» las mencionadas subvenciones «ante la supresión» de aquéllas para la Consejería de Empleo. Y hay más. No cree posible el tribunal «una coordinación perversa» de Soler con Recio ya que «no coincidieron», dado que el primero cesó al frente de Innovación el 22 de marzo de 2010 y el segundo tomó posesión del cargo de consejero en Empleo el 21 de marzo de aquel año. Para la Audiencia, los tres ex altos cargos de la Junta iniciaron, junto a otros, «los pasos necesarios para desovillar la urdimbre jurídica fraudulenta» que permitió burlar la normativa durante una década, una vez tuvieron conocimiento del «uso torticero» que hizo la dirección de Trabajo de las transferencias de financiación.